Violencia Intrafamiliar (VIF)

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En Schneider Abogados, cuenta con un equipo de abogados especialistas en otorgar asesoría y orientación en hechos de violencia en el contexto familiar. Así mismo, podemos brindar representación judicial o legal en demandas, querellas y defensas en violencia intrafamiliar ante los Juzgados de Familia y Juzgados de Garantía en todo Chile. 

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Qué es la Violencia Intrafamiliar (VIF)? 

La Violencia Intrafamiliar o VIF consiste en cualquier maltrato que afecte a la vida o integridad física o psicológica de una persona que tiene la calidad de cónyuge, ex cónyuge, conviviente, ex conviviente, padres, hijos, tíos, sobrinos, así como también respecto a menores de edad, discapacitados o adultos mayores que se encuentren bajo el cuidado o dependencia de cualquier integrante de la familia de quien realizó el acto violento.

Los actos de violencia pueden o no constituir delito dependiendo de diversas circunstancias tales como por ejemplo el maltrato habitual o las lesiones. Es en este sentido que el Tribunal de Familia se ocupa de esta materia en caso de que la violencia no constituya delito, mientras que por el contrario, en caso de que se constituya un delito como sucede al haber maltrato habitual, será el Ministerio Público quien dará curso a una investigación en base a los antecedentes remitidos por el Juzgado de Familia.

¿Cómo presentar una denuncia por violencia intrafamiliar?

La denuncia debe ser presentada ante Carabineros de Chile el caso de una persona que es víctima de violencia intrafamiliar (física y/o sicológica). Esta situación será informada por Carabineros a la autoridad judicial o persecutora penal respectiva, la que puede autorizar medidas de protección inmediatas.

¿Quienes pueden denunciar?

  • Víctimas de violencia intrafamiliar (VIF).
  • Personas que tienen conocimiento de estos hechos.
  • Personas que por ley están obligados a denunciar: profesores, médicos y empleados públicos.

¿Qué es el maltrato habitual en la violencia intrafamiliar?

Debemos entender por “maltrato habitual” a aquella violencia física o psicológica ejercida de forma habitual en contra de las personas que se encuentran protegidas por la ley Nº 20.066 (Ley de violencia intrafamiliar). La sanción por haber cometido este delito varía entre los 61 días a 3 años de presidio, salvo que el hecho constituya un delito más grave, aplicándose en dicho caso la pena asignada a este ultimo. 

Es necesario hacer presente que existe un registro que lleva el Servicio de Registro Civil e Identificación respecto de los individuos que hayan sido condenados como autor de violencia intrafamiliar. Dicha información figurará en el respectivo certificado de antecedentes del ofensor.

¿Qué sanción tendrá la persona que cometió un acto de violencia intrafamiliar?

Quien haya cometido un acto de violencia intrafamiliar sin haber maltrato habitual tendrá una sanción consistente en una multa que varía de media a 15 UTM que deberá ser pagada por el ofensor. Dicho dinero va en directo beneficio del Gobierno Regional correspondiente al domicilio del demandante/denunciante a objeto de ser destinada a centros de atención de víctimas de violencia intrafamiliar de la correspondiente región.

Por su parte, el juez al dictar su sentencia aplicará una o más de las siguientes medidas:

  1. Obligación para el ofensor de abandonar el hogar que comparte con la víctima.
  2. Prohibición al ofensor de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o de estudio, así como, a cualquier otro lugar al que ésta concurra o visite habitualmente.
  3. Prohibición para el ofensor de portar o tener armas de fuego. En caso de ya tener una, se efectúa el comiso de ella.
  4. La asistencia obligatoria a terapias o programas de orientación familiar.

¿De que se compone el Juicio de Violencia Intrafamiliar ante los Juzgados de Familia?

El juicio ante el Juzgado de Familia puede iniciarse por una demanda o denuncia según las causales establecidas en la Ley N° 20.066 y las etapas del juicio son: La Audiencia Preparatoria y la Audiencia de Juicio.

Revise: Ley de procedimientos de familia, denuncias, demandas, casos.

Departamento de Familia



Abogada de familia en Chile
Javiera Ignacia González
Jefa Departamento de Derecho de Familia.
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado de Derecho de Familia, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Magister en Derecho de Familia y Derecho de la Infancia y Adolescencia, Universidad de Chile.
Ex Curadora Ad Litem, Centro Regional por los Derechos del Niño.

Abogada de Familia en Santiago
Cristina Isidora Cabaña Osorio
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado de Derecho de Familia, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Magister en Derecho de la Infancia y Adolescencia, Universidad de Chile.
Co-fundadora de Fundación Defensoría de la Mujer.

Abogada Consuelo Pihan
Consuelo Pihán Aedo
Abogada, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado Infancia y Niñez, Instituto de Estudio Judiciales IEJ
Diplomado en Derecho Corporativo y Compliance, Universidad de Los Andes.
Magister en Derecho Privado, Universidad de Concepción.

Matías Herrera
Matías Herrera Olivares

Abogado, Título otorgado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.
Diplomado en Derecho de Familia, Instituto de Estudio Judiciales IEJ


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Katherine Frívola Guzmán
Asistente Legal


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Roberto Vergara
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Los tribunales competentes para resolver acerca de la violencia intrafamiliar son los Juzgados de familia, exceptuando el maltrato habitual.

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