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Cobro de Cheques

Abogados Especialistas en Cobro de Cheque en Chile

 

¿Le entregaron un cheque que fue protestado por el banco? ¿Necesita cobrar un cheque por falta de fondos, cuenta cerrada u orden de no pago? ¿Quiere iniciar una querella por giro doloso de cheques? El cheque es una orden de pago girada contra un banco, regulada por el DFL 707 (Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques). A diferencia de otros títulos de crédito, el cheque impago tiene una doble dimensión: permite iniciar un cobro ejecutivo civil para recuperar el dinero y, en ciertos casos, una acción penal por giro doloso — un delito sancionado con penas de presidio.

 

En Schneider Abogados, nuestro Departamento de Derecho Civil y nuestro Departamento Penal trabajan coordinadamente en el cobro judicial de cheques protestados en todo Chile. Gestionamos la cobranza extrajudicial, el cobro ejecutivo ante el Juzgado Civil, y la querella por giro doloso ante el Juzgado de Garantía. También defendemos a personas que enfrentan cobros o querellas por cheques. Más de 15 años de experiencia. Oficina principal en Las Condes, Santiago. Atención en todo Chile.

 

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¿Qué Es el Cheque y Cómo Funciona?

El cheque es una orden escrita e incondicional girada contra un banco para que pague, a su presentación, el total o parte de los fondos que el librador (girador) tenga disponibles en su cuenta corriente (artículo 10 del DFL 707). Es pagadero a la vista — es decir, se cobra en el acto al presentarlo al banco.

Tipos de cheque: El cheque puede ser al portador (cobrable por cualquier persona que lo presente), a la orden (transferible por endoso) o nominativo (solo cobrable por la persona indicada). El cheque cruzado solo puede depositarse en cuenta corriente.

Plazos de presentación al cobro: El cheque girado en la misma plaza debe presentarse dentro de 60 días; el girado en otra plaza, dentro de 90 días; y el girado en el extranjero, dentro de 3 meses. Vencido el plazo de presentación, el banco puede igualmente pagarlo si hay fondos, pero el cheque caduca y pierde su carácter de título ejecutivo.

Obligación del girador: El artículo 22 del DFL 707 establece que el librador debe tener fondos o créditos disponibles suficientes en la cuenta corriente al momento de girar el cheque. Girar sin fondos, retirar fondos después del giro, girar sobre cuenta cerrada o revocar el cheque por causales no autorizadas, puede constituir el delito de giro doloso.

 

El Protesto del Cheque

A diferencia de la letra de cambio y el pagaré — donde el protesto se realiza ante notario —, el protesto del cheque lo realiza el propio banco al momento de rechazar el pago. El banco estampa el acta de protesto al dorso del cheque, indicando la causa del rechazo, la fecha, la hora y la firma del funcionario (artículo 33 del DFL 707).

Causales de protesto: Las causales más frecuentes son: falta de fondos, cuenta cerrada, orden de no pago, firma disconforme, cheque mal extendido, falta de portador legítimo y caducidad del cheque. La causal del protesto determina las acciones disponibles para el acreedor.

Notificación judicial del protesto: Para que el cheque protestado tenga mérito ejecutivo, debe notificarse judicialmente el protesto al girador (artículo 434 N° 4 del CPC). Esta gestión preparatoria se solicita ante el Juzgado Civil del domicilio registrado por el girador en el banco. Si el girador no tacha de falsa su firma en el acto o dentro de tercero día, el cheque queda con mérito ejecutivo perfecto.

Doble función del protesto: La notificación judicial del protesto cumple dos funciones simultáneas: perfecciona el mérito ejecutivo del cheque para el cobro civil, y constituye un requisito previo para la configuración del delito de giro doloso (el girador tiene 3 días para pagar después de notificado).

 

Doble Acción: Cobro Ejecutivo Civil y Querella Penal

El cheque protestado genera dos tipos de acciones que pueden ejercerse simultáneamente:

Acción ejecutiva civil: Permite al portador demandar el pago del cheque ante el Juzgado Civil mediante un juicio ejecutivo. Se dirige contra cualquiera de los obligados: girador, endosantes y avalistas. El tribunal ordena el pago y, si no se cumple, se embargan y rematan bienes. Esta acción busca recuperar el dinero.

Acción penal por giro doloso de cheques: Es una acción penal privada que se ejerce mediante querella ante el Juzgado de Garantía. Se dirige exclusivamente contra el girador del cheque. Las penas siguen la escala del artículo 467 del Código Penal (delito de estafa) y van desde 61 días hasta 5 años de presidio, dependiendo del monto. El pago del cheque con intereses y costas dentro de los plazos legales produce el sobreseimiento definitivo.

Estrategia combinada: En la práctica, la querella penal es una herramienta de presión muy eficaz para lograr el pago. Muchos giradores pagan el cheque rápidamente al enfrentar una acción penal con riesgo de presidio. La combinación de la acción civil y penal maximiza las posibilidades de cobro efectivo.

 

El Giro Doloso de Cheques: Requisitos del Delito

El delito de giro doloso de cheques está tipificado en el artículo 22 del DFL 707. Para que se configure, deben concurrir todos los siguientes requisitos:

1. Giro del cheque en circunstancias ilícitas: El girador haya girado sin fondos suficientes, haya retirado fondos después del giro, haya girado sobre cuenta cerrada o inexistente, o haya revocado el cheque por causales distintas de las autorizadas por la ley (artículo 26: firma falsificada, cheque alterado, o cheque perdido, hurtado o extraviado).

2. Protesto del cheque: El banco debe haber protestado el cheque por alguna de las causales anteriores.

3. Notificación judicial del protesto: El protesto debe haber sido notificado judicialmente al girador mediante gestión preparatoria ante el Juzgado Civil del domicilio registrado en el banco.

4. No consignación dentro de 3 días: El girador, una vez notificado, no haya consignado (pagado) el valor del cheque, los intereses corrientes y las costas judiciales dentro del plazo fatal de 3 días hábiles. Si paga dentro de este plazo, no se configura el delito.

Penas: Las sanciones siguen la escala del artículo 467 del Código Penal, según el monto del cheque: presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años) para montos superiores a 400 UTM, con escalas menores para montos inferiores, además de multa.

 

Tabla: Acción Ejecutiva Civil vs. Acción Penal por Giro Doloso

 
Aspecto Acción ejecutiva civil Acción penal (giro doloso)
Objetivo Recuperar el dinero: capital, intereses y costas Sancionar al girador: pena de presidio
Tribunal Juzgado de Letras en lo Civil Juzgado de Garantía
Contra quién Girador, endosantes y avalistas Solo el girador
Tipo de acción Demanda ejecutiva Querella (acción penal privada)
Prescripción 1 año desde el protesto 1 año desde el protesto
Requisito previo Notificación judicial de protesto + sin tacha de falsedad en 3° día Notificación judicial de protesto + no consignación en 3 días
Efecto del pago Se extingue la obligación Sobreseimiento definitivo (termina la causa penal)
¿Se pueden ejercer simultáneamente? — son independientes y compatibles. La acción penal es una herramienta de presión eficaz para lograr el pago.
 

Procedimiento de Cobro Paso a Paso

Etapa 1: Cobro extrajudicial

Una vez protestado el cheque por el banco, se contacta al girador mediante cartas de cobranza, llamadas o visitas para obtener el pago voluntario. Muchos giradores pagan en esta etapa al ser informados de las consecuencias civiles y penales del cheque protestado.

Etapa 2: Gestión preparatoria — notificación judicial del protesto

Se solicita al Juzgado Civil del domicilio registrado por el girador en el banco que notifique judicialmente el protesto del cheque. Un receptor judicial notifica personalmente al girador o, si no es habido, en la forma del artículo 44 del CPC. Esta gestión cumple doble función: perfecciona el mérito ejecutivo (si no tacha de falsa la firma en 3 días) y abre el plazo de 3 días para la configuración del delito penal.

Etapa 3: Demanda ejecutiva (vía civil)

Con el cheque protestado y el mérito ejecutivo perfeccionado, se presenta la demanda ejecutiva. El tribunal despacha mandamiento de ejecución y embargo. El deudor tiene 4 días hábiles para pagar u oponer excepciones. Si no paga, se embargan y rematan bienes.

Etapa 4: Querella por giro doloso (vía penal, si procede)

Si transcurridos los 3 días desde la notificación judicial del protesto el girador no consigna el valor del cheque con intereses y costas, se configura el delito. El portador puede presentar querella por giro doloso ante el Juzgado de Garantía. Si la causal del protesto es falta de fondos, retiro de fondos o cuenta cerrada, el tribunal fija de inmediato audiencia de acción penal privada. Si es por otras causales (como orden de no pago), se remite al Ministerio Público.

Etapa 5: Resolución

En la vía civil, se concluye con el pago voluntario, el remate de bienes o un acuerdo de pago. En la vía penal, si el girador paga el cheque con intereses y costas judiciales, se dicta sobreseimiento definitivo. Si no paga, enfrenta sentencia con pena de presidio.

 

Plazos de Prescripción

Acción ejecutiva civil: Prescribe en 1 año contado desde la fecha del protesto bancario (artículo 34 del DFL 707).

Acción penal por giro doloso: También prescribe en 1 año contado desde la fecha del protesto (artículo 34 del DFL 707).

Diferencia con letras y pagarés: A diferencia de la letra de cambio y el pagaré, el cheque no tiene acción ordinaria cambiaria residual. Una vez prescrita la acción ejecutiva, se pierde la posibilidad de cobro por vía cambiaria. Solo quedarían las acciones causales derivadas del negocio jurídico subyacente, si las hubiere.

Punto crítico: Ambas acciones (civil y penal) prescriben en el mismo plazo de 1 año desde el protesto. Si el acreedor demora en iniciar la gestión preparatoria y la notificación judicial, puede perder ambas acciones simultáneamente. Por eso, actuar con prontitud es fundamental.

 

Errores Frecuentes

Error 1: Dejar prescribir la acción penal y civil simultáneamente

Con ambas acciones prescribiendo en 1 año desde el protesto, muchos portadores pierden tanto la vía ejecutiva como la penal por no actuar a tiempo. El tiempo se consume rápidamente con la gestión preparatoria y la notificación judicial. Iniciar las gestiones dentro de los primeros meses es crucial.

Error 2: No iniciar la gestión preparatoria a tiempo

La notificación judicial del protesto es un paso obligatorio tanto para el cobro ejecutivo como para la querella penal. Ubicar al girador y notificarlo puede tomar semanas o meses. Si el girador se oculta, el proceso se alarga considerablemente. Iniciar la gestión preparatoria cuanto antes maximiza el tiempo disponible.

Error 3: Ejercer solo la acción civil sin la penal

La querella penal es una herramienta de presión legítima que frecuentemente logra el pago rápido. Muchos giradores que ignoran la demanda civil pagan inmediatamente al enfrentar una acción penal con riesgo de presidio. No aprovechar ambas vías es desaprovechar una ventaja exclusiva del cheque.

Error 4: No verificar la causal del protesto

No todas las causales de protesto habilitan la acción penal. Solo procede por falta de fondos, retiro de fondos, cuenta cerrada y orden de no pago por causales no autorizadas. Si el protesto es por firma disconforme o cheque mal extendido, generalmente solo procede la vía civil.

Error 5: No cobrar a endosantes y avalistas

Si el cheque fue endosado, los endosantes y avalistas son obligados solidarios al pago. La acción ejecutiva puede dirigirse contra todos simultáneamente. Muchos portadores se limitan a perseguir al girador, desaprovechando la garantía de los demás obligados.

 

¿Por Qué Elegir a Schneider Abogados?

Cobro civil y penal coordinado: Nuestros departamentos de Derecho Civil y Derecho Penal trabajan en conjunto para gestionar simultáneamente la demanda ejecutiva y la querella por giro doloso de cheques, maximizando la presión sobre el deudor.

Representación en ambos lados: Cobramos cheques para portadores y también defendemos a personas que enfrentan cobros ejecutivos o querellas por giro doloso. Esta doble perspectiva nos permite diseñar estrategias más efectivas.

Gestión preparatoria eficiente: Conocemos las dificultades prácticas de la notificación judicial (girador no habido, domicilio desactualizado) y aplicamos las herramientas procesales para agilizar la notificación.

Casos urgentes: Atendemos cheques próximos a prescribir donde cada día cuenta para preservar las acciones civil y penal.

Cobranza masiva de cheques: Gestionamos carteras de cheques protestados para empresas con seguimiento sistemático y reporte periódico.

 

Qué Esperar de Su Primera Consulta

En Schneider Abogados, la primera reunión le permite tomar decisiones informadas:

Revisión del cheque: Verificamos la causal del protesto, la vigencia de las acciones (¿ha prescrito?), y si procede tanto la vía civil como la penal.

Estrategia dual: Le indicamos si conviene ejercer solo la acción ejecutiva, solo la querella penal, o ambas simultáneamente. La estrategia depende del monto, la solvencia del girador y la causal del protesto.

Hoja de ruta y presupuesto: Le explicamos los pasos con plazos estimados. Le entregamos un presupuesto de nuestros honorarios profesionales.

Duración y modalidad: Aproximadamente 60 minutos. Puede realizarse presencialmente en el Edificio World Trade Center Santiago (Nueva Tajamar N° 481, Oficina 2102, Torre Norte, Las Condes) o por videollamada para clientes de otras regiones o del extranjero.

 

Preguntas Frecuentes sobre Cobro de Cheque

¿Qué hago si me entregan un cheque sin fondos?

Al presentar el cheque al banco y ser rechazado, el banco lo protesta automáticamente. Con el cheque protestado, tiene 1 año desde el protesto para iniciar la gestión preparatoria (notificación judicial) y luego la demanda ejecutiva y/o la querella por giro doloso.

¿Qué es el giro doloso de cheques?

Es un delito penal tipificado en el artículo 22 del DFL 707. Se configura cuando alguien gira un cheque sin fondos, sobre cuenta cerrada o con orden de no pago ilegítima, y no paga dentro de 3 días desde la notificación judicial del protesto. Las penas van desde 61 días hasta 5 años de presidio.

¿Cuánto tiempo tengo para cobrar un cheque protestado?

Tanto la acción ejecutiva como la acción penal prescriben en 1 año desde la fecha del protesto (artículo 34 del DFL 707). A diferencia de letras y pagarés, el cheque no tiene acción ordinaria residual.

¿Puedo ejercer la acción civil y penal al mismo tiempo?

Sí. Son acciones independientes y compatibles. La demanda ejecutiva se presenta ante el Juzgado Civil y la querella por giro doloso ante el Juzgado de Garantía. La combinación de ambas maximiza las posibilidades de cobro.

¿Qué pasa si el girador paga dentro de los 3 días?

Si el girador consigna el valor del cheque, los intereses corrientes y las costas judiciales dentro de los 3 días hábiles desde la notificación judicial del protesto, no se configura el delito de giro doloso. Pero la acción ejecutiva civil sigue vigente si el pago no fue total.

¿Qué penas tiene el giro doloso de cheques?

Las penas del artículo 467 del Código Penal: presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a 5 años) para montos mayores, con penas menores según el monto del cheque. Además, multa. El pago del cheque con intereses y costas produce el sobreseimiento definitivo.

¿Qué causales de protesto permiten la acción penal?

Falta de fondos, retiro de fondos después del giro, cuenta cerrada o inexistente, y orden de no pago por causales distintas de las autorizadas (firma falsificada, cheque alterado, perdido o hurtado). La causal de "falta de fondos" es la más frecuente.

¿Qué es la gestión preparatoria del cheque?

Es la notificación judicial del protesto al girador, solicitada ante el Juzgado Civil del domicilio registrado en el banco (artículo 41 del DFL 707). Cumple doble función: perfecciona el mérito ejecutivo y abre el plazo de 3 días para la configuración del delito penal.

¿Puedo cobrar a los endosantes del cheque?

Sí. Los endosantes y avalistas son obligados solidarios al pago del cheque. La acción ejecutiva puede dirigirse simultáneamente contra el girador, endosantes y avalistas. La acción penal, en cambio, solo se dirige contra el girador.

¿Qué pasa si el cheque caducó?

Si el cheque no fue presentado al banco dentro de los plazos legales (60 días en misma plaza, 90 en otra), caduca y pierde su carácter de orden de pago. Sin embargo, puede servir como principio de prueba por escrito para otras acciones legales basadas en la relación jurídica subyacente.

¿El cheque tiene acción ordinaria residual como el pagaré?

No. A diferencia de letras y pagarés (que tienen 2 años adicionales de acción ordinaria), el cheque no tiene acción ordinaria cambiaria residual. Prescrita la acción ejecutiva (1 año desde protesto), se pierde la vía cambiaria definitivamente.

¿Qué es la orden de no pago?

Es la instrucción del girador al banco para que no pague el cheque. Solo es legítima por las causales del artículo 26 del DFL 707: firma falsificada, cheque alterado, cheque perdido, hurtado o extraviado. Si la orden de no pago se da por otra razón, puede configurar giro doloso.

¿Quién puede presentar la querella por giro doloso?

Es un delito de acción penal privada, lo que significa que solo la víctima (el portador legítimo del cheque) puede iniciar la persecución penal mediante querella. El Ministerio Público no interviene de oficio, salvo en causales que no sean falta de fondos, retiro de fondos o cuenta cerrada.

¿Qué excepciones puede oponer el girador en el cobro ejecutivo?

Las del artículo 464 del CPC: pago, prescripción, falsificación, nulidad, compensación, entre otras. Además, puede tachar de falsa su firma durante la gestión preparatoria (en el acto o dentro de tercero día). Si tacha de falsedad, se abre un incidente.

¿Se pueden cobrar intereses sobre el cheque?

Sí. Se cobran intereses corrientes desde la fecha del protesto y las costas judiciales del procedimiento. En la configuración del delito, el girador debe pagar el cheque más intereses corrientes y costas para evitar la acción penal.

¿Qué pasa si perdí el cheque protestado?

Es posible obtener un certificado del banco que acredite que el cheque fue presentado a cobro y protestado, indicando los datos del cheque, las partes, la fecha y causal del protesto. Además, se requiere una declaración jurada del beneficiario. Con estos documentos se puede iniciar la gestión judicial.

¿Cuánto demora el cobro de un cheque protestado?

La gestión preparatoria puede tomar entre 2 y 6 semanas (depende de ubicar al girador). Si no opone excepciones, el embargo puede trabarse en semanas adicionales. La querella penal puede producir el pago rápidamente si el girador busca evitar el presidio. Casos complejos: 3 a 8 meses.

¿Necesito abogado para cobrar un cheque?

Sí. Tanto la gestión preparatoria como la demanda ejecutiva y la querella penal requieren patrocinio de abogado. Además, la coordinación entre la vía civil y penal requiere experiencia especializada para maximizar las posibilidades de cobro.

¿Puedo defender al girador de un cheque protestado?

Sí. En Schneider Abogados defendemos a personas que enfrentan cobros ejecutivos y querellas por giro doloso. Analizamos si existen defensas válidas: prescripción, falta de legitimación del querellante, inexistencia de dolo, defectos en la notificación, o negociación del pago para obtener el sobreseimiento.

¿Atienden desde regiones o el extranjero?

Sí. La evaluación inicial y la coordinación estratégica se realizan por videollamada. Para las actuaciones judiciales se puede actuar a través de mandatario con poder especial, permitiendo gestionar cobros ante cualquier Juzgado Civil y Juzgado de Garantía de Chile.

 

Artículo revisado por el equipo legal de Schneider Abogados

Nuestro equipo de abogados especialistas en derecho civil y derecho penal revisa y actualiza periódicamente este contenido para garantizar su exactitud jurídica conforme a la legislación chilena vigente.

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Última actualización: marzo de 2026.