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Abogados de Familia en La Reina | Schneider Abogados

Schneider Abogados asesora y representa a clientes de La Reina en todas las materias del derecho de familia: divorcios, separación judicial, nulidad matrimonial, pensión de alimentos, cuidado personal, régimen de visitas, compensación económica, violencia intrafamiliar, bien familiar, liquidación de régimen matrimonial, filiación, adopción, acuerdo de unión civil y autorización de salida del país. Contamos con experiencia específica en matrimonios de larga data, patrimonio acumulado durante décadas y procesos donde la planificación previa al inicio del juicio es determinante para el resultado.

Oficinas en World Trade Center Santiago, Torre Norte, Las Condes. Atendemos presencialmente de lunes a viernes 09:00–18:00 y sábados 09:00–13:00. También coordinamos por teléfono y videollamada. Atención rápida y eficaz.

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A continuación encontrará información sobre el tribunal competente, todas las materias que cubrimos y las situaciones más frecuentes entre nuestros clientes de La Reina.

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Tribunal competente para La Reina

Los asuntos de familia de La Reina se tramitan ante los Juzgados de Familia de Santiago, que tienen competencia sobre las comunas de la Provincia de Santiago conforme al artículo 4° de la Ley N°19.968. La distribución entre los distintos juzgados de Santiago se realiza por sistema de turno al momento de la presentación.

Tribunal Dirección Comunas que cubre
Juzgados de Familia de Santiago Huérfanos N°1414, Santiago La Reina y demás comunas de la Provincia de Santiago

Nuestro equipo gestiona directamente todos los escritos y actuaciones ante los Juzgados de Familia de Santiago. Puede verificar el estado de su causa en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial.

Matrimonios de larga data: consideraciones específicas

La Reina es una de las comunas de Santiago con mayor proporción de familias con trayectoria prolongada: matrimonios de 20, 25 o 30 años y más, con hijos que ya son adultos y un patrimonio construido durante décadas de vida en común. Cuando uno de estos matrimonios llega a su término, los desafíos jurídicos son cualitativamente distintos a los de una separación temprana.

El primer desafío es el inventario completo del patrimonio. En matrimonios de larga data, los bienes se han acumulado, transformado y a veces mezclado a lo largo de años: la vivienda que se compró con fondos propios de uno de los cónyuges pero se mejoró con fondos sociales; los fondos AFP que crecieron durante décadas de cotizaciones; las deudas que se contrajeron en conjunto y que deben asignarse correctamente en la liquidación. Omitir o subestimar un bien en esta etapa tiene consecuencias permanentes.

El segundo desafío es la compensación económica. En un matrimonio de 25 años donde uno de los cónyuges se dedicó al hogar y al cuidado de los hijos, el menoscabo laboral y previsional acumulado puede ser muy significativo. La duración del matrimonio es uno de los factores que el tribunal pondera expresamente, lo que hace que estos casos requieran una acreditación detallada y bien preparada del perjuicio sufrido.

El tercer desafío es la vivienda familiar. En La Reina, muchas propiedades adquiridas hace 20 o 30 años han multiplicado su valor de mercado. Acordar qué ocurre con esa vivienda — si uno de los cónyuges la recibe como parte de su adjudicación, si se vende y se divide el producto, o si se declara bien familiar durante el proceso — es una de las decisiones más relevantes del proceso y debe tomarse con información completa sobre el valor actual del bien y las implicancias tributarias de cada opción.

Todas las materias de derecho de familia

El derecho de familia regula las relaciones entre cónyuges o convivientes, el vínculo con los hijos, la protección frente a situaciones de vulnerabilidad y la distribución del patrimonio acumulado durante la vida en común. En matrimonios de larga data, estas materias se presentan con mayor complejidad patrimonial y requieren asesoría que las aborde de forma integrada desde el inicio del proceso.

Materia Descripción
DivorcioDisolución del vínculo matrimonial por mutuo acuerdo, unilateral o por culpa
Separación judicialRegula los efectos del quiebre sin disolver el vínculo matrimonial
Nulidad matrimonialDeclaración de invalidez por vicios en la celebración del matrimonio
Pensión de alimentosFijación, aumento, rebaja, cese y cumplimiento forzado
Cuidado personalTuición individual o compartida; modificación de régimen vigente
Régimen de visitasDiseño y modificación del contacto con el progenitor no custodio
Compensación económicaReparación del menoscabo por sacrificio laboral durante el matrimonio
Violencia intrafamiliarMedidas cautelares urgentes y representación en el proceso
Bien familiarProtección de la vivienda y del mobiliario familiar
Liquidación régimen matrimonialDivisión y adjudicación del patrimonio acumulado durante el matrimonio
Filiación y paternidadReclamación, impugnación y reconocimiento de paternidad o maternidad
AdopciónAdopción nacional e internacional ante los Juzgados de Familia de Santiago
Acuerdo de Unión CivilConstitución, efectos y término del AUC
Autorización salida del paísPermiso judicial o notarial para viaje de hijos menores
Mediación familiarProceso previo obligatorio en alimentos, cuidado personal y visitas

Término del matrimonio: divorcio, separación judicial y nulidad

La Ley N°19.947 de Matrimonio Civil establece tres formas de terminar o modificar el vínculo matrimonial. En matrimonios de larga data, la elección de la vía correcta tiene consecuencias especialmente relevantes porque el patrimonio acumulado y la dependencia económica de uno de los cónyuges suelen ser mayores.

El divorcio de mutuo acuerdo requiere un año de cese de convivencia y un acuerdo regulador completo. En matrimonios de larga data con hijos ya adultos, el acuerdo regulador se concentra principalmente en la distribución del patrimonio y la compensación económica. La negociación previa al ingreso del acuerdo al tribunal es el momento clave del proceso y debe realizarse con información patrimonial completa y actualizada.

El divorcio unilateral permite demandar sin acuerdo del otro cónyuge, acreditando tres años de cese de convivencia. La estrategia de medidas cautelares y la correcta identificación de los bienes antes de notificar la demanda son los factores que marcan la diferencia en el resultado.

El divorcio por culpa (art. 54) exige acreditar una causal grave. Tiene consecuencias patrimoniales directas: el cónyuge culpable puede perder el derecho a compensación económica, lo que en matrimonios de larga data puede representar una diferencia muy significativa.

La separación judicial regula los efectos del quiebre sin disolver el vínculo. En matrimonios de larga data es una herramienta útil para ordenar el patrimonio y los efectos personales de la separación mientras las partes alcanzan el plazo del divorcio o negocian el acuerdo definitivo.

La nulidad matrimonial declara que el matrimonio nunca existió válidamente. Sus causales son taxativas y sus efectos sobre el patrimonio requieren análisis específico caso a caso.

Pensión de alimentos

La Ley N°14.908 regula los alimentos para hijos menores, hijos mayores que estudian y alimentos entre cónyuges. En La Reina, donde es frecuente encontrar familias con hijos que cursan carreras universitarias o de postgrado, los alimentos para hijos mayores de 18 años son una materia recurrente. La ley establece que los hijos mayores que estudian en forma continua y con dedicación tienen derecho a alimentos mientras dure esa situación, con un límite de 28 años salvo circunstancias especiales. La pensión puede incluir arancel, materiales, movilización y gastos de vida.

Los alimentos entre cónyuges también son relevantes en separaciones de matrimonios de larga data, especialmente cuando uno de ellos no desarrolló una carrera independiente durante el matrimonio y enfrenta el proceso sin ingresos propios suficientes.

Ante el incumplimiento, la Ley N°21.389 permite la retención de remuneraciones e inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos. Gestionamos también los procesos de aumento, rebaja y cese de pensión.

Cuidado personal y régimen de visitas

El cuidado personal puede ser unilateral o compartido. El tribunal evalúa el interés superior del niño: disponibilidad real de cada progenitor, vínculo afectivo, estabilidad del entorno y continuidad escolar. En matrimonios de larga data con hijos adolescentes, la opinión del propio hijo tiene un peso creciente en la decisión judicial conforme aumenta su madurez.

El régimen de relación directa y regular define los tiempos de contacto del hijo con el progenitor no custodio. Cuando los hijos son adolescentes o tienen vida social y académica propia, el régimen debe ser flexible y considerar sus actividades: un régimen rígido que no se adapta a la realidad del niño genera incumplimientos y conflictos permanentes.

Gestionamos también las solicitudes de modificación de regímenes vigentes cuando las circunstancias del niño o de los progenitores han cambiado significativamente.

Compensación económica

La compensación económica (arts. 61 a 66 de la Ley N°19.947) repara el menoscabo del cónyuge que postergó su propio desarrollo profesional por dedicarse al hogar y al cuidado de los hijos. En matrimonios de 20 o más años, el menoscabo acumulado es considerablemente mayor: más años fuera del mercado laboral, mayor brecha de ingresos respecto a lo que se habría obtenido de haber trabajado, menor capital previsional acumulado en la AFP y mayor dependencia económica del otro cónyuge.

El tribunal pondera la duración del matrimonio expresamente al calcular la compensación, lo que hace que en estos casos la acreditación detallada del menoscabo sea determinante para obtener una compensación justa. Los fondos de AFP también son compensables: el cónyuge con menor ahorro previsional puede solicitar hasta el 50% de los fondos del otro acumulados durante el matrimonio.

Importante: la compensación económica debe solicitarse dentro del proceso de divorcio o separación. Una vez ejecutoriada la sentencia sin haberla pedido, el derecho se extingue definitivamente e irrecuperablemente.

Bien familiar y liquidación del régimen matrimonial

La declaración de bien familiar (art. 141 del Código Civil) impide al cónyuge propietario enajenar, gravar o arrendar la vivienda principal sin autorización del otro cónyuge o del tribunal. Debe solicitarse al inicio del proceso para proteger el hogar. En La Reina, donde muchas viviendas han acumulado una plusvalía significativa en las últimas décadas, esta protección es especialmente relevante.

La liquidación del régimen matrimonial determina qué bienes pertenecen al matrimonio y cuáles son propios de cada cónyuge, para luego adjudicarlos. En matrimonios de larga data, el inventario completo es el paso más crítico: bienes inmuebles adquiridos en distintas etapas del matrimonio, vehículos, cuentas bancarias, fondos AFP, participaciones en sociedades, derechos hereditarios recibidos durante el matrimonio y deudas que deben asignarse correctamente entre las partes.

La clasificación correcta de cada bien —si es haber social o haber propio— tiene consecuencias directas en la distribución final. Un bien que integra el haber social debe compartirse; uno que es haber propio de un cónyuge no. Esta distinción requiere análisis caso a caso de cada bien. La liquidación se tramita ante árbitro partidor o tribunal, en proceso separado al divorcio, coordinado desde el inicio.

Violencia intrafamiliar

La Ley N°20.066 protege a quienes sufren maltrato físico, psicológico, sexual o económico dentro del núcleo familiar. Los Juzgados de Familia de Santiago pueden decretar medidas cautelares urgentes el mismo día de la denuncia: prohibición de acercamiento, salida del hogar del agresor, restricción de contacto con la víctima y los hijos, y entrega inmediata de los hijos al progenitor protector.

Las denuncias pueden realizarse en Carabineros, PDI o directamente ante el tribunal. Nuestro equipo gestiona la solicitud de medidas de protección con la urgencia que cada situación requiere.

Filiación y adopción

La filiación determina el vínculo jurídico entre padre o madre e hijo, con todos sus efectos: alimentos, herencia, apellidos y relación personal. Puede establecerse por reconocimiento voluntario ante el Registro Civil o judicialmente mediante acción de reclamación o impugnación de paternidad. El examen de ADN es el medio probatorio principal en ausencia de reconocimiento voluntario. Determinada la filiación, el derecho a alimentos opera desde la fecha de la demanda.

La adopción puede ser nacional o internacional. El proceso involucra la evaluación de idoneidad de los adoptantes, la declaración de adoptabilidad del niño y la resolución judicial. Acompañamos a las familias en cada etapa ante los Juzgados de Familia de Santiago y coordinamos con el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez cuando corresponde.

Acuerdo de Unión Civil

El Acuerdo de Unión Civil (AUC), regulado por la Ley N°20.830, regula la convivencia de dos personas del mismo o distinto sexo. Otorga derechos hereditarios recíprocos, acceso a los beneficios de salud del conviviente, régimen de bienes y derecho a compensación económica al término de la relación.

El AUC puede terminar por mutuo acuerdo ante notario, por voluntad unilateral notificada al otro conviviente, por matrimonio entre los convivientes o por fallecimiento. Asesoramos tanto en su constitución como en su término, garantizando que los derechos de ambas partes queden correctamente protegidos.

Mediación familiar

La mediación previa es obligatoria en alimentos, cuidado personal y régimen de visitas conforme a la Ley N°19.968. Se realiza ante un mediador acreditado por el Ministerio de Justicia. Solo si la mediación fracasa o el requerido no comparece puede presentarse la demanda ante el tribunal. La excepción aplica en casos de violencia intrafamiliar.

En matrimonios de larga data, la mediación puede ser un espacio valioso para alcanzar acuerdos en términos que un juicio no necesariamente produce. Preparamos a cada cliente con la misma rigurosidad que para una audiencia judicial: conocer los derechos propios y los límites de lo razonable es la base de un acuerdo justo y sostenible en el tiempo.

Cómo trabajamos con clientes de La Reina

Nuestras oficinas están en el World Trade Center Santiago, Torre Norte, Oficina 2102, Las Condes, de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 y sábados de 09:00 a 13:00. También coordinamos por teléfono y videollamada para quienes lo prefieran.

Cada cliente cuenta con un abogado referente asignado desde el inicio, con comunicación directa por teléfono y correo. Todos los escritos y actuaciones ante los Juzgados de Familia de Santiago los gestiona íntegramente nuestro equipo. La presencia personal del cliente en el tribunal se requiere únicamente para las audiencias que la ley establece como indelegables, coordinadas con anticipación suficiente.

Procedimiento paso a paso

Etapa Qué ocurre Modalidad Plazo estimado
1. Consulta inicialEvaluación del caso y estrategiaPresencial en Las Condes o por teléfono1 reunión
2. Mediación previaAnte mediador acreditado en SantiagoPresencial en SantiagoVariable según proceso
3. Presentación de demandaAnte los Juzgados de Familia de SantiagoLo gestiona el abogado2–4 semanas
4. Audiencia preparatoriaMedidas cautelares y acuerdos parcialesPresencial en tribunal30–60 días desde demanda
5. Audiencia de juicioPrueba, alegatos y sentenciaPresencial en tribunal60–120 días desde preparatoria
6. Sentencia e inscripciónInscripción en Registro CivilLo gestiona el abogado2–4 semanas

Los plazos son referenciales. En divorcios de mutuo acuerdo sin controversia el proceso puede ser significativamente más breve.

Preguntas frecuentes

¿En qué tribunal se tramitan los juicios de familia en La Reina?

En los Juzgados de Familia de Santiago, Huérfanos N°1414. Tienen competencia sobre todas las comunas de la Provincia de Santiago, incluida La Reina.

¿Cómo se calcula la compensación en un matrimonio de más de 20 años?

La duración del matrimonio es uno de los factores expresos que el tribunal pondera. A mayor duración, mayor suele ser el menoscabo acumulado: más años fuera del mercado laboral, menor capital previsional y mayor dependencia económica. La acreditación detallada del menoscabo es determinante para obtener una compensación justa.

¿Tienen derecho a alimentos los hijos mayores de 18 años que estudian?

Sí. Los hijos mayores que cursan estudios superiores en forma continua y con dedicación tienen derecho a alimentos mientras dure esa situación, con un límite de 28 años salvo circunstancias especiales. La pensión puede incluir arancel, materiales, movilización y gastos de vida.

¿Cómo se liquida una vivienda con alta plusvalía acumulada?

Se tasa a valor de mercado actual. La diferencia entre el valor de adquisición y el valor actual puede ser significativa, lo que hace estratégica la elección del perito y la fecha de referencia de la tasación. Las opciones son adjudicarla a uno de los cónyuges, venderla y dividir el producto, o mantenerla con acuerdo de uso temporal.

¿Cuál es la diferencia entre divorcio y separación judicial?

El divorcio disuelve el vínculo matrimonial. La separación judicial regula los efectos del quiebre sin disolverlo: el matrimonio continúa existiendo. En matrimonios de larga data, la separación puede ser una etapa previa útil para ordenar el patrimonio antes de avanzar al divorcio.

¿Qué protege la declaración de bien familiar?

Impide que el cónyuge propietario enajene, grave o arriende la vivienda principal sin autorización judicial. Debe solicitarse al inicio del proceso para proteger el hogar familiar.

¿Qué pasa con la compensación si no se pide en el divorcio?

El derecho se extingue definitivamente. Una vez ejecutoriada la sentencia de divorcio o separación sin haberla solicitado, no puede reclamarse en ninguna instancia posterior.

¿Qué medidas urgentes existen en violencia intrafamiliar?

El tribunal puede decretar el mismo día prohibición de acercamiento, salida del hogar del agresor y restricción de contacto. Nuestro equipo gestiona la solicitud con máxima urgencia.

¿Cómo funciona la filiación no matrimonial?

Se determina por reconocimiento voluntario o judicialmente. El hijo adquiere todos sus derechos desde la determinación: alimentos desde la demanda, herencia y relación con ambos progenitores.

¿Es obligatoria la mediación antes del juicio?

Sí. En alimentos, cuidado personal y visitas la mediación es obligatoria. Solo si fracasa puede presentarse la demanda ante el tribunal.

¿Qué pasa si el alimentante no paga?

Procede retención de remuneraciones, arresto nocturno e inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos con consecuencias en el acceso a crédito del deudor.

¿Cuánto demora un divorcio de mutuo acuerdo en Santiago?

Entre 2 y 5 meses en promedio ante los Juzgados de Familia de Santiago, según la agenda del tribunal y la complejidad del acuerdo regulador.

Lo que dicen nuestros clientes

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"Excelente atención. Me explicaron todo con claridad y manejaron un proceso muy complejo con profesionalismo y discreción. El resultado fue mejor de lo esperado."

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Schneider Abogados es un estudio jurídico con más de 15 años de trayectoria en derecho de familia en Chile. Nuestro equipo está integrado por abogados egresados de la Pontificia Universidad Católica de Chile y la Universidad de Chile, inscritos en el Colegio de Abogados de Chile. Atendemos todas las materias del derecho de familia ante los Juzgados de Familia de Santiago, con experiencia específica en matrimonios de larga data y liquidaciones de patrimonio complejo. Oficinas en World Trade Center Santiago, Torre Norte, Las Condes.

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Oficinas en World Trade Center Santiago, Torre Norte, Las Condes. Atención presencial de lunes a viernes 09:00–18:00 y sábados 09:00–13:00. También coordinamos por teléfono y videollamada. Atención rápida y eficaz.

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Equipo de Derecho de Familia — Schneider Abogados

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Última actualización: 6 de marzo de 2026.

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