Acuerdo de Unión Civil en Chile | Schneider Abogados
El Acuerdo de Unión Civil (AUC) es un contrato regulado por la Ley 20.830 que otorga reconocimiento legal a la convivencia de pareja en Chile, creando el estado civil de conviviente civil. Genera derechos sucesorios, previsionales y de salud equiparables al matrimonio en muchas materias. Es una figura central del derecho de familia, especialmente al tratar materias de régimen patrimonial o frente a una eventual separación judicial.
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En Schneider Abogados atendemos consultas de lunes a viernes. Nuestros abogados de familia analizan su caso, le explican sus derechos y le acompañan desde la elección del régimen patrimonial hasta la celebración ante el Registro Civil o la disolución del AUC cuando corresponda.
Contamos con más de 15 años asesorando a personas y parejas en derecho de familia en Chile. Nuestro equipo conoce en detalle la Ley 20.830, los procedimientos del SRCEI y la jurisprudencia vigente en materia de convivencia civil, régimen de bienes y derechos sucesorios del conviviente.
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A continuación, le explicamos en detalle qué es el AUC, sus requisitos, los derechos que otorga, el régimen patrimonial, el procedimiento de celebración, las diferencias con el matrimonio, la disolución y los errores más comunes al tramitar este acuerdo.
Contenidos de esta página
- ¿Qué es el Acuerdo de Unión Civil?
- Requisitos para celebrar un AUC en Chile
- Derechos y obligaciones del AUC
- Régimen patrimonial: comunidad de bienes y separación
- Procedimiento: cómo se celebra el AUC paso a paso
- Diferencias entre el AUC y el matrimonio
- Disolución del Acuerdo de Unión Civil
- AUC y herencia: derechos sucesorios del conviviente civil
- Escenarios frecuentes
- Errores comunes al tramitar el AUC
- Honorarios y costos
- Preguntas frecuentes (FAQ)
- Reseñas de clientes
¿Qué es el Acuerdo de Unión Civil (AUC)?
El Acuerdo de Unión Civil es un contrato celebrado entre dos personas naturales, mayores de 18 años, del mismo o distinto sexo, para regular su vida afectiva en común. Fue introducido por la Ley N.º 20.830, promulgada el 9 de abril de 2015 y vigente desde el 22 de octubre de 2015.
La ley creó el estado civil de conviviente civil. Antes del AUC, la pareja de una persona que no había contraído matrimonio carecía de reconocimiento legal en materias tan relevantes como la herencia, la seguridad social y la protección del hogar familiar. El AUC vino a llenar ese vacío con una solución jurídica accesible y flexible.
El acuerdo se celebra ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCEI). No requiere ceremonia religiosa ni testigos. El trámite es íntegramente civil y puede realizarse en cualquier oficina del Registro Civil del país.
Desde la entrada en vigencia de la Ley de Matrimonio Igualitario (N.º 21.400) el 10 de marzo de 2022, las parejas del mismo sexo pueden contraer matrimonio en Chile. Sin embargo, el AUC sigue siendo una figura plenamente vigente, elegida con frecuencia por parejas que prefieren un vínculo con menor rigidez formal y la posibilidad de disolverse sin proceso judicial de divorcio.
El AUC produce efectos en cinco ámbitos principales: estado civil, régimen patrimonial, herencia y sucesión, seguridad social (pensión de sobrevivencia y carga en salud) y protección del hogar familiar.
Definición legal (Art. 1, Ley 20.830): El AUC es un contrato celebrado entre dos personas que comparten un hogar, con el propósito de regular sus relaciones de convivencia. Genera derechos y obligaciones desde su inscripción en el Registro Civil, con independencia del sexo de los contratantes.
Su popularidad crece año a año. El SRCEI inscribe miles de acuerdos anualmente, con alta concentración en la Región Metropolitana. Su atractivo reside en la simplicidad del trámite, la flexibilidad del régimen patrimonial y la agilidad de la disolución frente al divorcio.
Requisitos para celebrar un AUC en Chile
La Ley 20.830 establece en sus artículos 7 y siguientes los requisitos de validez del AUC. Su inobservancia puede derivar en la nulidad del acuerdo, con los perjuicios patrimoniales y personales que ello conlleva.
Requisitos de fondo
- Mayoría de edad: Ambas personas deben ser mayores de 18 años. La ley no contempla la celebración del AUC por menores, ni con autorización de padres o tutor.
- Ausencia de vínculo anterior vigente: Ninguna de las partes puede tener matrimonio vigente ni AUC previo no disuelto. El estado civil debe ser soltero, divorciado, viudo o conviviente civil cuyo acuerdo esté disuelto e inscrito.
- Ausencia de parentesco prohibido: No pueden celebrar AUC los parientes por consanguinidad en línea recta ni los hermanos. El parentesco por afinidad no es impedimento.
- Consentimiento libre y espontáneo: Exento de fuerza, error o dolo. La existencia de cualquiera de estos vicios puede fundar una acción de nulidad posterior.
Requisitos de forma
- Comparecencia personal simultánea: Ambos deben comparecer personalmente y de forma simultánea ante el oficial del Registro Civil. No se admite mandatario.
- Documentos de identidad vigentes: Cédula de identidad para chilenos; pasaporte u otro documento oficial para extranjeros.
- Acreditación del estado civil: Si alguno fue casado o tuvo AUC anterior, debe acreditar la disolución del vínculo.
- Agendamiento previo: La mayoría de las oficinas del SRCEI, especialmente en Santiago, exigen agendar hora en registrocivil.cl.
Documentos requeridos según situación del contratante
| Situación previa | Documentos requeridos |
|---|---|
| Soltero/a (nunca casado/a) | Cédula de identidad vigente |
| Divorciado/a | Cédula + certificado de matrimonio con anotación de divorcio inscrita |
| Viudo/a | Cédula + certificado de defunción del excónyuge |
| AUC anterior disuelto | Cédula + certificado de AUC con anotación de disolución inscrita |
| Extranjero/a residente | Pasaporte vigente + antecedentes de estado civil del país de origen con apostilla o legalización |
¿Tiene dudas sobre sus requisitos? Llame ahora al +56 23 267 1946 y un abogado de familia le orienta antes de ir al Registro Civil.
Derechos y obligaciones del Acuerdo de Unión Civil
Derechos que otorga el AUC
- Estado civil de conviviente civil: Reconocido en todos los documentos y registros oficiales del Estado chileno.
- Derechos sucesorios: El conviviente civil es heredero abintestato de primera clase, junto a los hijos, en la misma posición que el cónyuge.
- Pensión de sobrevivencia: A la muerte del conviviente, el sobreviviente tiene derecho a pensión de sobrevivencia en AFP e IPS, siempre que el AUC estuviera vigente al momento del fallecimiento.
- Carga en salud (FONASA o ISAPRE): Desde la celebración del AUC, el conviviente puede ser inscrito como carga en el sistema de salud del otro.
- Bien familiar: El conviviente puede solicitar judicialmente la declaración del inmueble que sirve de residencia principal como bien familiar, impidiendo su enajenación sin la firma de ambos.
- Derechos parentales compartidos: Los hijos nacidos durante la vigencia del AUC son hijos de ambos convivientes, con todos los derechos y obligaciones que ello implica.
- Beneficios laborales y contractuales: En convenios colectivos, seguros y beneficios corporativos, el conviviente civil accede con frecuencia a los mismos beneficios que el cónyuge.
Obligaciones que genera el AUC
- Sometimiento al régimen patrimonial elegido durante la vigencia del AUC y al momento de su disolución.
- Responsabilidad solidaria por deudas domésticas: Ambos responden solidariamente ante terceros por obligaciones contraídas para las necesidades ordinarias del hogar común.
- Declaración del estado civil: Deben declararlo en todos los trámites administrativos, judiciales y comerciales que así lo requieran.
- Obligaciones parentales: Si hay hijos comunes, los convivientes asumen de pleno derecho cuidado personal, relación directa y regular, y pensión de alimentos.
Régimen patrimonial del AUC: comunidad de bienes y separación
El régimen patrimonial es el aspecto que genera más consultas y conflictos en el AUC. La Ley 20.830 establece dos regímenes: la comunidad de bienes (supletorio) y la separación total de bienes (convencional). La elección se realiza al momento de celebrar el AUC y tiene efectos permanentes.
Comunidad de bienes (régimen por defecto)
Si los convivientes no pactan expresamente un régimen distinto, quedan bajo comunidad de bienes de forma automática:
- Todos los bienes adquiridos a título oneroso durante el AUC ingresan a una comunidad entre ambos, con independencia de quién los pagó o a nombre de quién están inscritos.
- Al disolverse el AUC, la comunidad se divide en partes iguales: 50% para cada conviviente.
- Los bienes previos al AUC o adquiridos a título gratuito (herencia, donación) permanecen fuera de la comunidad.
- Las deudas contraídas en beneficio del hogar son responsabilidad solidaria frente a terceros.
Separación total de bienes (régimen convencional)
- Cada conviviente administra, usa y dispone libremente de sus propios bienes.
- No existe masa de bienes comunes. Lo que cada uno adquiere es íntegramente suyo.
- Al disolverse el AUC, cada parte retiene lo suyo sin distribución entre los convivientes.
- Recomendable cuando uno tiene actividad empresarial, deudas relevantes o patrimonio significativamente mayor.
Importante: A diferencia del matrimonio, la ley no contempla sustitución de régimen en el AUC una vez celebrado. La decisión inicial es definitiva. Consulte con un abogado antes de acudir al Registro Civil.
Liquidación de la comunidad al disolver el AUC
La disolución activa el proceso de liquidación de la comunidad de bienes. Puede realizarse de mutuo acuerdo (escritura pública) o judicialmente si existe desacuerdo sobre qué bienes integran la comunidad, su valoración o la forma de distribuirlos. La liquidación es especialmente compleja cuando hay inmuebles, vehículos, cuentas bancarias conjuntas o participaciones societarias.
¿Quiere definir el régimen patrimonial más conveniente? Llame al +56 23 267 1946 antes de ir al Registro Civil.
Procedimiento: cómo se celebra el AUC paso a paso
Paso 1 — Verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales
Ambas partes deben confirmar que cumplen íntegramente con los requisitos del artículo 7 de la Ley 20.830. Si alguno fue casado o tuvo un AUC anterior, ese vínculo debe estar disuelto e inscrito en el Registro Civil antes de agendar hora.
Paso 2 — Reunir la documentación correspondiente
Cada contratante reúne los documentos según su situación. Divorciados presentan el certificado de matrimonio con anotación de divorcio; viudos, el certificado de defunción; quienes tuvieron AUC anterior, el certificado con inscripción de disolución. Extranjeros deben apostillar o legalizar sus documentos.
Paso 3 — Decidir el régimen patrimonial
Antes de agendar la cita, ambos convivientes deben decidir entre comunidad de bienes y separación total. Esta elección se hace ante el oficial del Registro Civil y no puede modificarse fácilmente con posterioridad. Si existen bienes, deudas o actividad empresarial, es indispensable la asesoría previa de un abogado.
Paso 4 — Agendar hora en el SRCEI
La celebración puede realizarse en cualquier oficina del SRCEI. La mayoría, especialmente en Santiago, requieren agendamiento previo en registrocivil.cl o por teléfono.
Paso 5 — Comparecer ante el oficial del Registro Civil
Ambos contratantes deben presentarse personalmente y de forma simultánea. El oficial verificará los documentos, constatará la identidad de los comparecientes, leerá las disposiciones relevantes de la Ley 20.830 y recibirá el consentimiento expreso de ambos.
Paso 6 — Manifestar el régimen patrimonial
En ese momento los contratantes declaran el régimen elegido. Si no expresan nada, el oficial los inscribirá bajo comunidad de bienes por defecto.
Paso 7 — Inscripción y certificado de AUC
El oficial inscribe el acuerdo en el Registro Nacional de Acuerdos de Unión Civil. Desde ese momento produce plenos efectos legales. Ambos pueden solicitar el certificado de AUC de inmediato, necesario para AFP, ISAPRE, FONASA, empleadores y bancos.
Diferencias entre el AUC y el matrimonio en Chile
| Aspecto | AUC | Matrimonio |
|---|---|---|
| Estado civil que genera | Conviviente civil | Casado/a |
| Disolución | Unilateral (sin juicio) o de mutuo acuerdo | Requiere sentencia judicial de divorcio |
| Régimen patrimonial | Comunidad de bienes o separación total | Sociedad conyugal, separación o participación en gananciales |
| Obligación de fidelidad | No está expresamente establecida en la ley | Sí, legalmente exigida |
| Obligación de cohabitación | No es requisito legal | Sí, deber de convivencia en el hogar común |
| Herencia intestada | Sí, heredero de primera clase | Sí, heredero de primera clase |
| Pensión de sobrevivencia | Sí (AFP e IPS) | Sí (AFP e IPS) |
| Alimentos post-disolución | Limitados, no en los mismos términos | Ampliamente reconocidos durante y después |
| Tiempo mínimo para disolver | Sin período mínimo | 1 año (mutuo acuerdo) / 3 años (unilateral) |
| Sustitución de régimen patrimonial | No contemplada expresamente | Sí, mediante escritura pública ante notario |
La principal ventaja del AUC es su mayor flexibilidad para disolverse: sin juicio de divorcio, sin causales ni plazos mínimos. Sin embargo, esta misma flexibilidad implica que el conviviente puede verse sorprendido por una disolución unilateral, lo que refuerza la necesidad de asesoría antes de celebrarlo.
Disolución del Acuerdo de Unión Civil
1. Acuerdo mutuo
Ambos convivientes comparecen ante el oficial del Registro Civil o ante un notario. En el mismo acto pueden liquidar la comunidad de bienes o convenir hacerlo en instrumento posterior. Es la modalidad más ordenada y menos costosa.
2. Voluntad unilateral
Cualquiera puede terminar el AUC sin expresar causa, notificando al otro a través de un ministro de fe (notario o receptor judicial). La disolución produce efectos desde la fecha de la notificación. Desde ese momento se extinguen los derechos hereditarios del notificado y se activa la liquidación de la comunidad de bienes.
Esta modalidad puede generar alta vulnerabilidad para el conviviente notificado, especialmente si existe dependencia económica o hijos menores. La asesoría inmediata de un abogado es indispensable.
3. Matrimonio entre los convivientes
Al contraer matrimonio entre sí, el AUC se disuelve automáticamente. Esta transición implica cambios en el régimen patrimonial que deben considerarse con anticipación.
4. Fallecimiento de uno de los convivientes
El AUC termina de pleno derecho con el fallecimiento. El conviviente sobreviviente debe iniciar los trámites de posesión efectiva y presentar el certificado de AUC ante la AFP y el empleador del fallecido.
5. Declaración judicial de nulidad
Procede cuando el AUC fue celebrado infringiendo los requisitos legales. Tiene efectos retroactivos, salvo respecto del conviviente que actuó de buena fe sin conocer la causal de nulidad.
¿Está pensando en disolver su AUC o recibió una notificación? Actúe con tiempo. Llame al +56 23 267 1946 y proteja sus derechos desde el primer momento.
AUC y herencia: derechos sucesorios del conviviente civil
Uno de los avances más significativos de la Ley 20.830 fue el reconocimiento de los derechos sucesorios del conviviente civil. Antes del AUC, la pareja de una persona fallecida que no había contraído matrimonio carecía de todo derecho hereditario, con independencia del tiempo de convivencia o de la existencia de hijos comunes.
Herencia sin testamento (sucesión intestada)
El conviviente civil ocupa el mismo lugar que el cónyuge: es heredero de primera clase, junto a los hijos. Si no hay hijos, hereda junto a los padres del causante. Si tampoco hay padres ni ascendientes, hereda la totalidad.
Cuarta de mejoras y cuarta de libre disposición
El conviviente puede ser designado asignatario de la cuarta de mejoras mediante testamento. También puede recibir bienes de la cuarta de libre disposición.
Pérdida de derechos sucesorios tras la disolución
Una vez disuelto el AUC, el ex conviviente pierde automáticamente su condición de heredero legal. Esta pérdida opera desde la fecha de la disolución inscrita. Si desea mantenerlo como heredero, la única vía es hacerlo expresamente mediante testamento.
Posesión efectiva y trámite sucesorio
El conviviente sobreviviente debe iniciar el trámite de posesión efectiva para acceder formalmente a la herencia. En Schneider Abogados acompañamos en todo el proceso sucesorio: posesión efectiva, liquidación de bienes, inscripción de inmuebles y cobro de beneficios previsionales.
Escenarios frecuentes en el Acuerdo de Unión Civil
Si convive en pareja hace años sin reconocimiento legal y quiere proteger sus derechos...
El AUC le permite regularizar su situación, proteger su patrimonio compartido y garantizar derechos en salud, pensión y herencia. El trámite es gratuito y produce efectos inmediatos.
Si es extranjero/a y convive con una persona en Chile...
Puede celebrar el AUC acreditando su estado civil en el país de origen con apostilla. Le orientamos sobre los documentos exactos para que el trámite se realice sin contratiempos.
Si su conviviente notificó una disolución unilateral...
Debe actuar con rapidez. Si existía comunidad de bienes, tiene derecho a la liquidación. Su conviviente no puede disponer unilateralmente de los bienes comunes. Consúltenos de inmediato.
Si tiene un AUC vigente y su conviviente ha fallecido sin testamento...
Es heredero de primera clase. Le asesoramos en la posesión efectiva, la liquidación de la comunidad y la defensa de sus derechos ante el resto de los herederos.
Si tiene un AUC y desea contraer matrimonio con su conviviente...
Al celebrar el matrimonio, el AUC se disuelve automáticamente. Le asesoramos para que esta transición sea lo más conveniente en materia patrimonial.
Si celebró un AUC bajo comunidad de bienes sin asesoría y considera que fue una decisión equivocada...
La ley no prevé un mecanismo expreso para cambiarlo. Analizamos con usted las opciones disponibles, que pueden incluir la disolución del AUC actual y la celebración de uno nuevo bajo separación de bienes.
Si tiene hijos y está evaluando disolver el AUC...
La disolución no afecta las obligaciones parentales. Le asesoramos en cuidado personal, relación directa y regular, y pensión de alimentos.
Errores comunes al tramitar el Acuerdo de Unión Civil
Error 1 — No verificar el estado civil antes de acudir al Registro Civil.
Si un divorcio no está inscrito o un AUC anterior no tiene anotación de disolución, el oficial no puede celebrar el nuevo acuerdo. La espera para un nuevo turno puede ser de semanas.
Error 2 — Elegir el régimen patrimonial sin asesoría previa.
La comunidad de bienes puede ser muy perjudicial si uno de los convivientes tiene deudas, activos empresariales o bienes de alto valor. Elegirlo por omisión es uno de los errores más costosos que vemos en la práctica.
Error 3 — Asumir que el AUC y el matrimonio son equivalentes en todos sus efectos.
El AUC no genera la misma obligación de alimentos que el matrimonio, no impone cohabitación y puede disolverse sin juicio. Estas diferencias son determinantes en situaciones de conflicto.
Error 4 — No informar al otro conviviente antes de notificar la disolución unilateral.
Una notificación sin aviso previo puede provocar que el notificado intente disponer de bienes comunes o trasladar activos antes de la liquidación, derivando en litigio costoso.
Error 5 — No actualizar los beneficiarios de AFP, seguros y cuentas bancarias.
El AUC otorga derechos previsionales por ley, pero la inscripción como beneficiario en AFP, ISAPRE o seguros requiere un trámite activo. Omitirlo genera demoras o disputas al ejercer esos derechos.
Error 6 — Creer que los derechos hereditarios persisten tras la disolución del AUC.
Una vez disuelto el AUC, los derechos hereditarios se extinguen automáticamente desde la fecha inscrita. No se requiere ningún trámite adicional para esa extinción.
Error 7 — Celebrar el AUC cuando la situación exigiría un matrimonio.
Las personas con dependencia económica o hijos menores pueden quedar más vulnerables bajo el AUC, especialmente si el otro conviviente decide disolverlo unilateralmente.
Honorarios y costos: factores que inciden en la asesoría del AUC
La celebración ante el Registro Civil es gratuita. Los honorarios de asesoría jurídica varían según los siguientes factores:
Complejidad patrimonial. Si uno o ambos convivientes tienen bienes significativos (inmuebles, vehículos, inversiones, participación en empresas), la asesoría es más extensa.
Régimen patrimonial elegido. La asesoría para separación de bienes requiere mayor análisis. Si hay bienes que deben quedar fuera de la comunidad o asignación especial de pasivos, el trabajo jurídico es mayor.
Situaciones especiales. Extranjeros con bienes en el extranjero, hijos de relaciones anteriores, deudas hipotecarias o societarias compartidas aumentan la complejidad.
Disolución del AUC. La disolución sin conflicto tiene menor costo. Si hay disputa sobre la liquidación de la comunidad, puede requerirse representación en proceso notarial o judicial.
Trámites asociados. Posesión efectiva, liquidación de herencia, inscripción de bienes y cobro de pensión de sobrevivencia tienen costos independientes que se evalúan caso a caso.
En Schneider Abogados entregamos un presupuesto claro antes de iniciar cualquier trabajo. Sin honorarios sorpresa. Llame al +56 23 267 1946 para agendar una evaluación inicial.
Preguntas frecuentes sobre el Acuerdo de Unión Civil
¿Qué es el Acuerdo de Unión Civil (AUC)?
El AUC es un contrato celebrado entre dos personas naturales, del mismo o distinto sexo, mayores de 18 años, para regular su vida afectiva en común. Creado por la Ley 20.830 de 2015, otorga el estado civil de conviviente civil con derechos patrimoniales, sucesorios y previsionales.
¿Cuánto tiempo demora tramitar un AUC?
La celebración ante el Registro Civil toma entre 15 y 30 minutos. El agendamiento en Santiago puede tomar entre una semana y un mes según la oficina y época del año.
¿Cuáles son los requisitos para celebrar un AUC?
Ser mayores de 18 años, no estar casados ni tener otro AUC vigente, no ser parientes en línea recta ni hermanos, y comparecer personalmente ante el oficial del Registro Civil con los documentos de identidad y estado civil correspondientes.
¿El AUC reconoce los mismos derechos que el matrimonio?
Reconoce derechos similares en herencia, pensión de sobrevivencia y carga en salud. No genera las mismas obligaciones personales ni la misma protección alimenticia que el matrimonio.
¿Cómo se disuelve el AUC?
Por acuerdo mutuo, por voluntad unilateral notificada mediante ministro de fe, por matrimonio entre los convivientes, por muerte de uno de ellos, o por declaración judicial de nulidad.
¿Qué régimen patrimonial rige en el AUC?
El régimen por defecto es la comunidad de bienes. Los bienes adquiridos durante el AUC se consideran comunes y se dividen en partes iguales al disolverlo. Las partes pueden pactar separación total al celebrar el acuerdo.
¿Puede un extranjero celebrar un AUC en Chile?
Sí, con documento de identidad válido y acreditación del estado civil en el país de origen con apostilla o legalización. No se exige nacionalidad chilena ni residencia permanente.
¿El AUC celebrado en el extranjero tiene validez en Chile?
Puede inscribirse en el Registro Civil chileno para que produzca efectos en Chile, previo cumplimiento de los requisitos de legalización o apostilla del instrumento extranjero.
¿Qué ocurre con los hijos durante la vigencia del AUC?
Los hijos nacidos durante el AUC son hijos de ambos convivientes civiles, con los mismos derechos y deberes parentales que en el matrimonio: cuidado personal, relación directa y regular, y pensión de alimentos.
¿Se pierden los derechos de herencia al disolver el AUC?
Sí. Al disolverse el AUC, el ex conviviente pierde automáticamente su condición de heredero legal desde la fecha de la disolución inscrita. Solo mediante testamento puede mantenerse esa designación.
¿Qué diferencia hay entre AUC y matrimonio?
El matrimonio crea el estado civil de casado, impone obligaciones de fidelidad y cohabitación, y su disolución requiere sentencia judicial. El AUC puede disolverse unilateralmente sin proceso judicial.
¿Cuánto cuesta celebrar un AUC?
La celebración ante el Registro Civil es gratuita. Los honorarios de abogado varían según la complejidad patrimonial del caso. Entregamos presupuesto claro antes de comenzar.
¿Qué es la comunidad de bienes en el AUC?
Los bienes adquiridos durante el AUC a título oneroso ingresan a una comunidad entre ambos convivientes. Al disolverse, se divide en partes iguales salvo acuerdo diferente entre las partes.
¿Puedo celebrar un AUC si ya tengo un matrimonio disuelto?
Sí, siempre que el divorcio esté inscrito en el Registro Civil y figure como divorciado. No puede celebrar un AUC quien aún figure como casado en los registros.
¿El conviviente civil tiene derecho a pensión de sobrevivencia?
Sí. La Ley 20.830 equiparó al conviviente civil al cónyuge para efectos de pensión de sobrevivencia en AFP e IPS, siempre que el AUC estuviera vigente al momento del fallecimiento.
¿Necesito abogado para tramitar el AUC?
No es obligatorio, pero sí muy recomendable para definir el régimen patrimonial más conveniente y evitar errores de difícil solución posterior.
¿Qué pasa si uno de los convivientes fallece sin testamento?
El conviviente sobreviviente es heredero de primera clase junto a los hijos. Sin hijos, hereda con los padres del causante. Sin padres, hereda la totalidad. Debe iniciarse el trámite de posesión efectiva.
¿Se puede disolver el AUC de forma unilateral?
Sí. Cualquiera puede terminarlo sin expresar causa, notificando al otro mediante ministro de fe. La disolución produce efectos inmediatos desde la fecha de la notificación.
¿Qué ocurre con el arrendamiento de la vivienda familiar al disolver el AUC?
El conviviente que permanece puede solicitar judicialmente la asignación del contrato de arrendamiento, especialmente si hay hijos menores residentes en esa vivienda.
¿Es posible modificar el régimen patrimonial después de celebrar el AUC?
La ley no contempla un mecanismo expreso para cambiarlo. A diferencia del matrimonio, no existe sustitución de régimen para el AUC. La decisión inicial es definitiva y debe tomarse con asesoría especializada antes de firmar.
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Sobre el autor
Equipo Legal — Schneider Abogados
Este artículo fue redactado y revisado por el equipo de abogados especialistas en derecho de familia de Schneider Abogados. La información ha sido verificada conforme a la legislación chilena vigente, incluyendo la Ley N.º 20.830 (Acuerdo de Unión Civil) y la Ley N.º 21.400 (Matrimonio Igualitario).
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Última actualización: marzo de 2026. La información corresponde a la legislación chilena vigente a esa fecha. Ante cualquier situación específica, consulte con un abogado calificado.