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Chile: Autorización Para Salir del País

Chile: Autorización Para Salir del País

Autorización para Salir del País con Hijos Menores en Chile

 

¿Necesita viajar al extranjero con su hijo y el otro padre no autoriza la salida? ¿O, por el contrario, el otro progenitor pretende sacar a su hijo del país sin su consentimiento? La autorización para salir del país con menores de edad es un trámite regulado por el artículo 49 de la Ley N° 16.618 de Menores, que exige el consentimiento de ambos padres o, en su defecto, una autorización judicial otorgada por el Tribunal de Familia. En esta guía explicamos cuándo se necesita la autorización, cómo obtenerla por vía notarial o judicial, los plazos del procedimiento y las consecuencias de sacar a un menor del país sin permiso.

 

En Schneider Abogados contamos con abogados especialistas en autorización de salida del país, prohibición de salida y sustracción internacional de menores. Representamos tanto al padre o madre que necesita obtener la autorización judicial como a quien se opone a la salida del menor. Atendemos en Santiago y en todo Chile.

 

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¿Cuándo Se Necesita Autorización para Salir del País con un Menor?

El artículo 49 de la Ley N° 16.618 de Menores establece como regla general que todo menor de edad que salga de Chile debe contar con la autorización de ambos padres, salvo que la tuición (cuidado personal) haya sido confiada judicialmente a uno de ellos o a un tercero. Esta norma se aplica en todos los pasos fronterizos del país, incluyendo aeropuertos, puertos y controles terrestres, y es fiscalizada por la Policía de Investigaciones (PDI).

La autorización es necesaria tanto para viajes de turismo como para cambios de residencia al extranjero. Su objetivo es proteger el derecho del niño a mantener relaciones con ambos progenitores y prevenir la sustracción internacional de menores, conforme al Convenio de La Haya de 1980 ratificado por Chile.

La falta de autorización impide materialmente la salida del menor: el control migratorio de la PDI no permitirá el embarque o cruce fronterizo si no se presenta la documentación correspondiente. No existen excepciones a esta regla, salvo la autorización judicial que suple el consentimiento del padre que no autoriza.

 

Escenarios: ¿Quién Debe Autorizar Según Cada Caso?

 
Situación ¿Quién debe autorizar? Base legal
Hijo reconocido por ambos padres, sin resolución judicial de cuidado personal Ambos padres deben autorizar Art. 49 inc. 1° Ley 16.618
Cuidado personal confiado judicialmente a uno de los padres o a un tercero Solo quien tiene el cuidado personal Art. 49 inc. 2° Ley 16.618
Régimen de visitas regulado por sentencia o avenimiento Quien tiene el cuidado personal y además el padre/madre con visitas reguladas Art. 49 inc. 3° Ley 16.618
Hijo reconocido por un solo padre Solo el padre o madre que lo reconoció Art. 49 inc. 1° Ley 16.618
Menor viaja solo o con tercero Ambos padres (o quien tenga cuidado personal según corresponda) Art. 49 Ley 16.618
 

Un aspecto que genera frecuente confusión es el tercer escenario: cuando existe un régimen de relación directa y regular regulado judicialmente, se requiere también la autorización del padre o madre a cuyo favor se estableció el régimen de visitas, además de la del cuidador. Esto implica que, en la práctica, la mayoría de los casos con sentencia de visitas requieren la autorización de ambos padres.

 

Autorización Notarial (Vía Extrajudicial)

Cuando ambos padres están de acuerdo con el viaje, la autorización se otorga por escritura pública o por escritura privada autorizada por un notario público (artículo 49 inciso 4° de la Ley 16.618). Este es el mecanismo más sencillo y rápido, que no requiere intervención judicial.

Contenido de la autorización notarial: El documento debe individualizar claramente al menor (nombre completo, RUT, fecha de nacimiento), al padre o madre que autoriza, al adulto que acompañará al menor durante el viaje, el destino, las fechas de salida y retorno, y la firma del autorizante ante notario. La autorización debe presentarse en original en el control migratorio.

Autorización desde el extranjero: Si el padre que debe autorizar se encuentra fuera de Chile, puede otorgar la autorización ante el consulado chileno correspondiente a su lugar de residencia. El documento consular tiene la misma validez que la escritura pública otorgada en Chile. También puede otorgarse ante notario extranjero, pero en ese caso requiere apostilla o legalización según el país.

Vigencia: La autorización notarial tiene la vigencia que se indique en el propio documento. Si no se señala plazo, se entiende válida para un solo viaje. Es posible otorgar autorizaciones por períodos más extensos o para múltiples viajes, siempre que así se especifique.

 

Autorización Judicial ante el Tribunal de Familia

Cuando el padre o madre cuya autorización se requiere se niega a otorgarla, no puede ser ubicado, se encuentra en paradero desconocido o ha fallecido, la ley permite solicitar una autorización judicial ante el Tribunal de Familia. Esta autorización suple el consentimiento faltante y permite legalmente la salida del menor.

El artículo 49 de la Ley 16.618 establece que, en caso de que no pueda obtenerse la autorización de uno de los padres, el juez de familia resolverá sobre la base del interés superior del menor. El tribunal evalúa las circunstancias del viaje (motivo, duración, destino, garantías de retorno) y las razones de la negativa del otro progenitor.

El artículo 49 bis, introducido por la Ley N° 20.383, contempla un procedimiento simplificado para ciertos casos: cuando el padre o madre que debe autorizar no ha cumplido con la obligación de alimentos o con el régimen de relación directa y regular, el tribunal puede resolver de forma más expedita, estableciendo un plazo breve para su pronunciamiento.

 

Procedimiento Judicial Paso a Paso

 

Paso 1: Requerimiento de Autorización

Se presenta un requerimiento ante el Tribunal de Familia del domicilio del menor, solicitando la autorización de salida del país. El escrito debe indicar los datos del menor, del padre requirente, del padre que no autoriza, el destino, fechas y motivo del viaje, y las razones por las que no se ha podido obtener la autorización voluntaria. Se acompañan los antecedentes que acrediten la necesidad del viaje.

 

Paso 2: Audiencia

El tribunal cita a ambas partes a una audiencia. El padre que se opone puede exponer las razones de su negativa. El juez evalúa el interés superior del niño, considerando: el motivo del viaje, las garantías de retorno, el cumplimiento de las obligaciones parentales por ambas partes, la existencia de arraigo del menor en Chile y el impacto en el régimen de visitas.

 

Paso 3: Resolución

El tribunal dicta resolución autorizando o denegando la salida. Si la autoriza, la resolución indica las condiciones: destino permitido, fechas de salida y retorno, identidad del adulto acompañante y cualquier otra condición que el juez estime pertinente. En la misma resolución, el juez puede decretar que la autorización se entienda conferida también a favor de ascendientes o hermanos del menor, debidamente individualizados.

 

Paso 4: Ejecución

Con la resolución judicial firme, el padre requirente la presenta en el control migratorio de la PDI al momento de la salida. Es recomendable llevar una copia autorizada de la resolución con certificado de ejecutoria emitido por el tribunal.

 

Prohibición de Salida del País (Arraigo Nacional)

El Tribunal de Familia puede decretar, como medida cautelar o de protección, la prohibición de salida del país del menor. Esta medida se conoce comúnmente como "arraigo nacional" y se inscribe directamente en los sistemas de la PDI, impidiendo el embarque del menor en cualquier punto de control migratorio.

La prohibición de salida puede decretarse de oficio por el tribunal o a solicitud de parte, cuando existan antecedentes fundados de riesgo de sustracción del menor. También puede solicitarse en el contexto de causas de cuidado personal, régimen de visitas o violencia intrafamiliar.

Importante: Si existe una prohibición de salida vigente, ni siquiera la autorización notarial de ambos padres permite la salida del menor. La prohibición solo puede ser alzada por el mismo tribunal que la decretó, mediante resolución judicial.

 

Sustracción Internacional de Menores y Convenio de La Haya

La sustracción internacional de menores ocurre cuando uno de los padres traslada o retiene a un hijo en un país distinto al de su residencia habitual, sin la autorización del otro progenitor o en contravención de una resolución judicial. Chile es signatario del Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, que establece un mecanismo para la restitución inmediata del menor al país de su residencia habitual.

En Chile, la Autoridad Central para la aplicación del Convenio es la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana (CAJ Metropolitana), a través de su Oficina Internacional. Esta oficina recibe solicitudes de restitución tanto desde Chile hacia el extranjero como desde el extranjero hacia Chile, y gestiona los procedimientos judiciales correspondientes.

Consecuencias de la sustracción: Además del procedimiento de restitución civil, la sustracción de un menor puede configurar el delito de sustracción de menores tipificado en el artículo 142 bis del Código Penal, que contempla penas de presidio. Adicionalmente, el padre que sustrae al menor se expone a perder el cuidado personal del hijo y a que se le restrinja el régimen de visitas.

 

Situaciones Especiales

 

Padre en paradero desconocido

Si el padre cuya autorización se necesita no puede ser ubicado, el Tribunal de Familia puede autorizar la salida previa acreditación de las gestiones realizadas para ubicarlo (búsquedas en registros públicos, consultas en el Registro Civil, declaraciones juradas). El tribunal puede ordenar la notificación por avisos y resolver en ausencia del progenitor.

 

Padre fallecido

Cuando uno de los padres ha fallecido, el progenitor sobreviviente puede solicitar la autorización judicial acompañando el certificado de defunción. En estos casos, el procedimiento es breve y el tribunal generalmente autoriza la salida una vez verificado el fallecimiento.

 

Padre privado de patria potestad o inhabilitado

Si el padre ha sido privado de la patria potestad por sentencia judicial (por ejemplo, por filiación determinada contra su oposición conforme al artículo 203 del Código Civil), o si ha sido inhabilitado por maltrato o abandono, el otro progenitor puede solicitar la autorización judicial acreditando dicha circunstancia.

 

Cambio de residencia al extranjero

El traslado permanente del menor al extranjero requiere un tratamiento especial. El tribunal evalúa con mayor rigurosidad el impacto en el régimen de relación directa y regular del padre que permanece en Chile, y puede condicionar la autorización al establecimiento de un régimen de comunicación a distancia (videollamadas periódicas, visitas durante vacaciones) y a la regulación de los gastos de traslado.

 

Viaje de estudios o intercambio

Los viajes organizados por establecimientos educacionales requieren igualmente la autorización de los padres conforme al artículo 49 de la Ley 16.618. No existe excepción para viajes institucionales. Si uno de los padres se niega, se debe recurrir al Tribunal de Familia.

 

Errores Frecuentes en Autorizaciones de Salida del País

 

Error 1: Intentar Viajar sin la Autorización Completa

El error más común es presentarse en el aeropuerto o paso fronterizo sin la autorización del padre que corresponde. La PDI impedirá la salida del menor y no existe forma de resolver la situación en el momento. Esto genera pérdida de pasajes, frustraciones para el niño y conflictos familiares agravados.

 

Error 2: Confundir Cuidado Personal de Hecho con Cuidado Personal Judicial

Muchas madres o padres creen que por ser quienes cuidan al hijo en la práctica, no necesitan la autorización del otro progenitor. Esto es incorrecto: la excepción que permite viajar solo con la autorización de quien tiene el cuidado personal aplica únicamente cuando este ha sido confiado judicialmente (por sentencia o acuerdo aprobado por el tribunal), no cuando es simplemente una situación de hecho.

 

Error 3: No Anticipar los Plazos Judiciales

Solicitar la autorización judicial pocos días antes del viaje casi siempre resulta insuficiente. El procedimiento judicial, incluso siendo expedito, requiere presentar el requerimiento, notificar al otro padre, celebrar la audiencia y obtener la resolución. Es recomendable iniciar el trámite con al menos 30 a 45 días de anticipación.

 

Error 4: No Considerar la Prohibición de Salida Vigente

Algunos padres obtienen la autorización notarial o judicial, pero desconocen que existe una prohibición de salida del país (arraigo) vigente respecto del menor, decretada en otra causa de familia. Esta prohibición prevalece y debe alzarse judicialmente antes de intentar la salida. Es fundamental verificar este punto con el abogado antes de comprar pasajes.

 

Qué Esperar de Su Primera Consulta

La primera consulta con un abogado especialista en autorización de salida del país permite evaluar su situación concreta y definir la estrategia más adecuada. En Schneider Abogados, esta consulta incluye:

Evaluación de la vía aplicable: El abogado determinará si su caso se resuelve con una autorización notarial simple, si requiere autorización judicial, o si existen circunstancias especiales (padre en paradero desconocido, prohibición de salida vigente, cambio de residencia).

Documentos que conviene llevar: Certificado de nacimiento del hijo, sentencia de cuidado personal o de visitas (si existe), pasajes o reservas del viaje, comunicaciones con el otro progenitor donde conste su negativa, y cualquier antecedente relevante sobre la situación familiar.

Duración y modalidad: La consulta inicial dura aproximadamente 60 minutos y puede realizarse presencialmente en el Edificio World Trade Center Santiago (Nueva Tajamar N° 481, Oficina 2102, Torre Norte, Las Condes) o por videollamada para clientes de otras regiones.

 

Preguntas Frecuentes sobre Autorización para Salir del País

¿Qué documento necesito para viajar al extranjero con mi hijo?

Si viaja con ambos padres, basta el pasaporte o cédula de identidad del menor. Si viaja solo con uno de los padres, necesita la autorización notarial del otro progenitor o una autorización judicial del Tribunal de Familia. La autorización debe ser en original y presentarse en el control migratorio de la PDI.

¿Qué pasa si el padre no quiere firmar la autorización?

Si el otro progenitor se niega a autorizar la salida, debe solicitar una autorización judicial ante el Tribunal de Familia. El juez evaluará el motivo del viaje, el interés superior del niño y las razones de la negativa. Si el padre que se opone no cumple con la pensión de alimentos o el régimen de visitas, el procedimiento puede ser más expedito.

¿Cuánto demora obtener la autorización judicial?

El procedimiento judicial puede demorar entre 2 y 6 semanas, dependiendo de la carga del tribunal, la complejidad del caso y la notificación del otro padre. Si el viaje es inminente y justificado, el abogado puede solicitar al tribunal que resuelva con urgencia. Es recomendable iniciar el trámite con al menos 30 a 45 días de anticipación.

¿Se necesita autorización si tengo el cuidado personal exclusivo?

Si el cuidado personal le fue confiado judicialmente (por sentencia o acuerdo aprobado por el tribunal), en principio solo necesita su propia autorización. Sin embargo, si además existe un régimen de visitas regulado judicialmente a favor del otro padre, necesitará también la autorización de este (art. 49 inc. 3° Ley 16.618). En la duda, consulte con un abogado.

¿Dónde se hace la autorización notarial?

La autorización se otorga ante cualquier notaría en Chile. El padre que autoriza debe comparecer personalmente con su cédula de identidad. También puede otorgarse ante un consulado chileno en el extranjero. El documento debe ser en escritura pública o escritura privada autorizada por notario.

¿La autorización notarial tiene vencimiento?

La autorización tiene la vigencia que se indique en el documento. Si no se especifica un plazo, se entiende válida para un solo viaje. Es posible otorgar autorizaciones por períodos más extensos (por ejemplo, por un año o hasta cierta edad) o para múltiples viajes, siempre que así se señale expresamente.

¿Puedo pedir una autorización permanente para múltiples viajes?

Sí. Tanto por vía notarial como judicial es posible solicitar una autorización que cubra múltiples viajes durante un período determinado. El tribunal puede decretar que la autorización se entienda conferida en forma permanente o por un plazo de hasta 2 o 4 años, estableciendo las condiciones y límites que correspondan.

¿Qué es la prohibición de salida del país de un menor?

Es una medida cautelar decretada por el Tribunal de Familia que impide la salida del menor por cualquier paso fronterizo. Se inscribe en los sistemas de la PDI y prevalece sobre cualquier autorización notarial. Solo puede ser alzada por resolución del mismo tribunal que la decretó. Se solicita cuando existe riesgo de sustracción internacional.

¿Cómo solicitar la prohibición de salida del país de mi hijo?

Debe presentar una solicitud ante el Tribunal de Familia acreditando los antecedentes fundados de riesgo de sustracción: amenazas del otro progenitor de llevarse al menor, compra de pasajes, vínculos en el extranjero, antecedentes de incumplimiento. El tribunal puede decretarla de forma urgente, incluso sin audiencia previa.

¿Qué es la sustracción internacional de menores?

Es el traslado o retención ilícita de un menor en un país distinto al de su residencia habitual, sin autorización del otro progenitor. Chile es parte del Convenio de La Haya de 1980, que establece un mecanismo de restitución inmediata. La Autoridad Central en Chile es la CAJ Metropolitana.

¿Qué hago si el otro padre se llevó a mi hijo al extranjero sin mi permiso?

Debe actuar con la mayor urgencia posible: (1) presente una denuncia ante la PDI y Carabineros; (2) contacte a la Oficina Internacional de la CAJ Metropolitana para activar el Convenio de La Haya; (3) solicite al Tribunal de Familia una orden de restitución inmediata; (4) busque asesoría legal especializada. El plazo para la solicitud de restitución bajo el Convenio es de un año desde el traslado ilícito.

¿Se necesita autorización para viajar a Argentina u otros países limítrofes?

Sí. La obligación de autorización aplica para cualquier salida de Chile, independientemente del destino. No hay excepciones para países limítrofes ni para viajes cortos. El control se realiza en todo paso fronterizo, aeropuerto y puerto.

¿Mi hijo puede viajar solo al extranjero?

Sí, los menores pueden viajar solos, pero necesitan la autorización de ambos padres (o del que tenga el cuidado personal, según corresponda). Adicionalmente, la aerolínea exige contratar el servicio de menor no acompañado para niños bajo cierta edad (generalmente 12 años). La autorización notarial debe indicar expresamente que el menor viaja sin acompañante adulto.

¿Qué pasa si el padre que debe autorizar vive en el extranjero?

El padre puede otorgar la autorización ante el consulado chileno de su lugar de residencia. También puede firmarla ante notario extranjero, pero en ese caso el documento debe contar con apostilla (para países del Convenio de La Haya de 1961) o legalización consular. Si no es posible contactarlo, se puede solicitar la autorización judicial.

¿Puedo oponerme a que el otro padre saque a mi hijo del país?

Sí. Puede negarse a firmar la autorización notarial y, si el otro padre recurre al tribunal, comparecer a la audiencia judicial y exponer sus razones. También puede solicitar preventivamente una prohibición de salida del país si tiene antecedentes fundados de riesgo de sustracción. Es recomendable actuar con asesoría legal para presentar argumentos sólidos ante el tribunal.

¿El padre que no paga la pensión de alimentos puede negar la autorización?

Legalmente, el incumplimiento de la pensión de alimentos no priva automáticamente al padre de su derecho a autorizar o negar la salida. Sin embargo, el artículo 49 bis de la Ley 16.618 establece un procedimiento simplificado cuando quien se opone a la salida no cumple con los alimentos: el tribunal puede resolver de manera más expedita y tiende a favorecer la autorización.

¿Necesito abogado para la autorización judicial?

Si bien el procedimiento ante el Tribunal de Familia permite la comparecencia personal, es altamente recomendable contar con un abogado especialista. El abogado asegura que el requerimiento cumpla los requisitos legales, presenta los antecedentes de forma estratégica, anticipa los argumentos de la contraparte y puede solicitar urgencia al tribunal si el viaje es inminente.

¿La autorización judicial puede incluir a los abuelos u otros familiares?

Sí. El artículo 49 de la Ley 16.618 permite que el juez, en la misma resolución, decrete que la autorización se entienda conferida también a ascendientes o hermanos del menor, debidamente individualizados. Esto es útil cuando el niño viaja acompañado de los abuelos o de un hermano mayor de edad.

¿Qué pasa si quiero mudarme al extranjero con mi hijo?

El cambio de residencia al extranjero requiere autorización del otro progenitor o autorización judicial. El tribunal evalúa con mayor exigencia este tipo de solicitudes, considerando el impacto en el régimen de visitas, las razones del traslado y las garantías de comunicación. Puede condicionar la autorización a un régimen de contacto a distancia y visitas durante vacaciones.

¿Cuáles son las consecuencias penales de sacar a un menor del país sin autorización?

La sustracción de un menor puede configurar el delito del artículo 142 bis del Código Penal (sustracción de menores), con penas de presidio. En el ámbito familiar, el padre que sustrae al menor se expone a perder el cuidado personal, a que se restrinja su régimen de visitas y a la restitución forzada del menor bajo el Convenio de La Haya.

 

Artículo revisado por el equipo legal de Schneider Abogados

Nuestro equipo de abogados especialistas en derecho de familia revisa y actualiza periódicamente este contenido para garantizar su exactitud jurídica conforme a la legislación chilena vigente.

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En Schneider Abogados contamos con abogados especialistas en autorización de salida del país, prohibición de salida y sustracción internacional de menores. Nuestro equipo de abogados de familia puede asistirle en la obtención de la autorización judicial, la solicitud o alzamiento de prohibiciones de salida, la defensa ante requerimientos de autorización, y la activación de procedimientos bajo el Convenio de La Haya. También le asesoramos en cuidado personal, régimen de visitas, pensión de alimentos y divorcios.

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Última actualización: marzo de 2026.