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Abogados de Familia en Ñuñoa | Schneider Abogados

Schneider Abogados asesora y representa a clientes de Ñuñoa en todas las materias del derecho de familia: divorcios, separación judicial, nulidad matrimonial, pensión de alimentos, cuidado personal, régimen de visitas, compensación económica, violencia intrafamiliar, bien familiar, liquidación de régimen matrimonial, filiación, adopción, acuerdo de unión civil y autorización de salida del país. Contamos con experiencia en primeras separaciones, término de AUC, convivencia sin vínculo formal y procesos con hijos en etapa inicial.

Oficinas en World Trade Center Santiago, Torre Norte, Las Condes. Atendemos presencialmente de lunes a viernes 09:00–18:00 y sábados 09:00–13:00. También coordinamos por teléfono y videollamada. Atención rápida y eficaz.

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A continuación encontrará información sobre el tribunal competente, todas las materias que cubrimos y las situaciones más frecuentes entre nuestros clientes de Ñuñoa.

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Tribunal competente para Ñuñoa

Los asuntos de familia de Ñuñoa se tramitan ante los Juzgados de Familia de Santiago, que tienen competencia sobre las comunas de la Provincia de Santiago conforme al artículo 4° de la Ley N°19.968. La distribución entre los distintos juzgados se realiza por sistema de turno al momento de la presentación.

Tribunal Dirección Comunas que cubre
Juzgados de Familia de Santiago Huérfanos N°1414, Santiago Ñuñoa y demás comunas de la Provincia de Santiago

Nuestro equipo gestiona directamente todos los escritos y actuaciones ante los Juzgados de Familia de Santiago. Puede verificar el estado de su causa en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial.

Separación sin matrimonio: AUC y convivencia libre

Ñuñoa concentra una alta proporción de parejas jóvenes y profesionales que conviven sin haber contraído matrimonio ni firmado un Acuerdo de Unión Civil. Cuando esta convivencia termina, es frecuente que las partes no tengan claridad sobre qué derechos les corresponden y cuáles no, especialmente cuando hay hijos en común o bienes adquiridos juntos.

La convivencia sin vínculo formal no genera por sí sola derechos patrimoniales entre los convivientes. Cada uno conserva la titularidad de lo que adquirió a su nombre durante la relación. Sin embargo, si compraron bienes en conjunto — un departamento, un vehículo, mobiliario — existen derechos como comuneros que deben liquidarse. Si uno de ellos realizó aportes al bien que está a nombre del otro, pueden existir acciones de reembolso que deben evaluarse caso a caso.

Lo que sí existe con independencia del vínculo entre los padres son los derechos de los hijos: alimentos, cuidado personal y régimen de visitas nacen del vínculo filiativo, no del estado civil de los progenitores. Una separación sin matrimonio no exime de ninguna de estas obligaciones ni derechos.

Quienes sí firmaron un Acuerdo de Unión Civil tienen derechos patrimoniales concretos al término: compensación económica, régimen de bienes y derechos hereditarios. El término del AUC exige el cumplimiento de los procedimientos legales correspondientes para que esos derechos queden correctamente protegidos.

Todas las materias de derecho de familia

El derecho de familia regula las relaciones entre cónyuges o convivientes, el vínculo con los hijos, la protección frente a situaciones de vulnerabilidad y la distribución del patrimonio acumulado durante la vida en común. Estas materias se entrelazan con frecuencia y una asesoría integral desde el inicio permite estructurar el proceso para proteger todos los derechos del cliente al mismo tiempo.

Materia Descripción
DivorcioDisolución del vínculo matrimonial por mutuo acuerdo, unilateral o por culpa
Separación judicialRegula los efectos del quiebre sin disolver el vínculo matrimonial
Nulidad matrimonialDeclaración de invalidez por vicios en la celebración del matrimonio
Pensión de alimentosFijación, aumento, rebaja, cese y cumplimiento forzado
Cuidado personalTuición individual o compartida; modificación de régimen vigente
Régimen de visitasDiseño y modificación del contacto con el progenitor no custodio
Compensación económicaReparación del menoscabo por sacrificio laboral durante el matrimonio o AUC
Violencia intrafamiliarMedidas cautelares urgentes y representación en el proceso
Bien familiarProtección de la vivienda y del mobiliario familiar
Liquidación régimen matrimonialDivisión y adjudicación del patrimonio acumulado durante el matrimonio
Filiación y paternidadReclamación, impugnación y reconocimiento de paternidad o maternidad
AdopciónAdopción nacional e internacional ante los Juzgados de Familia de Santiago
Acuerdo de Unión CivilConstitución, efectos y término del AUC
Autorización salida del paísPermiso judicial o notarial para viaje de hijos menores
Mediación familiarProceso previo obligatorio en alimentos, cuidado personal y visitas

Término del matrimonio: divorcio, separación judicial y nulidad

La Ley N°19.947 de Matrimonio Civil establece tres formas de terminar o modificar el vínculo matrimonial. La elección correcta depende de las circunstancias de cada familia y tiene efectos directos sobre los hijos, los bienes y los derechos económicos de cada parte.

El divorcio de mutuo acuerdo requiere un año de cese de convivencia acreditado y un acuerdo regulador completo sobre alimentos, cuidado personal y visitas. Es la vía más expedita cuando existe voluntad de acuerdo entre ambas partes.

El divorcio unilateral permite demandar sin acuerdo del otro cónyuge, acreditando tres años de cese de convivencia. La estrategia procesal — medidas cautelares, orden de la prueba y anticipación de los argumentos contrarios — es determinante para el resultado.

El divorcio por culpa (art. 54) exige acreditar una causal grave. Su relevancia práctica está en los efectos patrimoniales: el cónyuge culpable puede perder el derecho a compensación económica.

La separación judicial regula los efectos del quiebre sin disolver el vínculo. Es útil cuando las partes no han cumplido aún el plazo de un año para el divorcio de mutuo acuerdo y necesitan establecer alimentos, cuidado personal y uso de la vivienda de forma urgente.

La nulidad matrimonial declara que el matrimonio nunca existió válidamente. Sus causales son taxativas y sus efectos sobre los hijos y el patrimonio requieren análisis específico caso a caso.

Pensión de alimentos

La Ley N°14.908 regula los alimentos para hijos menores, hijos mayores que estudian y alimentos entre cónyuges. El derecho a alimentos nace del vínculo entre padres e hijos con independencia del estado civil de los progenitores: los hijos de parejas no casadas tienen exactamente los mismos derechos que los hijos de matrimonios.

Para hijos pequeños, la pensión considera los costos reales de crianza según la edad del niño: sala cuna o jardín infantil, salud, ropa, actividades y gastos de vida. A medida que el niño crece y sus necesidades cambian, la pensión puede ajustarse mediante procesos de aumento o rebaja. En Ñuñoa, donde es frecuente que ambos progenitores trabajen como profesionales dependientes, la acreditación del ingreso real de cada parte es directa y el proceso suele ser más expedito que en casos de ingresos variables.

Ante el incumplimiento, la Ley N°21.389 permite la retención de remuneraciones e inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos. Gestionamos también los procesos de aumento, rebaja y cese de pensión.

Cuidado personal y régimen de visitas

El cuidado personal puede ser unilateral o compartido. El tribunal evalúa el interés superior del niño: disponibilidad real de cada progenitor, vínculo afectivo, estabilidad del entorno y continuidad en la crianza. En separaciones con hijos pequeños, la estabilidad del entorno cotidiano — quién lo cuida, dónde duerme, con quién pasa el día — tiene un peso determinante en la decisión judicial.

El régimen de relación directa y regular define los tiempos de contacto con el progenitor no custodio. En hijos pequeños, el régimen debe ser frecuente y predecible para fortalecer el vínculo afectivo. Un régimen bien diseñado desde el inicio evita conflictos posteriores y da estabilidad al niño desde el primer momento.

El cuidado personal compartido es una opción que puede funcionar cuando ambos progenitores tienen disponibilidad real y viven cerca. Su viabilidad depende de la capacidad de coordinación entre las partes y del bienestar del niño en ese esquema.

Compensación económica

La compensación económica (arts. 61 a 66 de la Ley N°19.947) repara el menoscabo del cónyuge que postergó su desarrollo profesional por dedicarse al hogar y al cuidado de los hijos. En matrimonios jóvenes o de corta duración, el menoscabo puede ser menor que en matrimonios de larga data, pero existe cuando uno de los cónyuges redujo su jornada, dejó de trabajar o renunció a oportunidades laborales para hacerse cargo del hogar o de los hijos.

En el caso del AUC, la compensación económica también existe: el conviviente civil que postergó su desarrollo laboral tiene derecho a reclamarla al término de la relación bajo las mismas reglas.

Importante: la compensación debe solicitarse dentro del proceso de divorcio o separación. Una vez ejecutoriada la sentencia sin haberla pedido, el derecho se extingue definitivamente.

Bien familiar y liquidación del régimen matrimonial

La declaración de bien familiar (art. 141 del Código Civil) impide al cónyuge propietario enajenar, gravar o arrendar la vivienda principal sin autorización del otro cónyuge o del tribunal. Es especialmente relevante en separaciones con hijos pequeños, donde la estabilidad del hogar es prioritaria para el bienestar del niño.

La liquidación del régimen matrimonial divide el patrimonio acumulado durante el matrimonio. En Ñuñoa, donde muchas parejas jóvenes compraron su primer departamento durante el matrimonio con crédito hipotecario vigente, la liquidación debe considerar el valor de mercado actual del bien, el saldo de la deuda hipotecaria y los aportes realizados por cada cónyuge al pie y las cuotas. La adjudicación del bien a uno de los cónyuges, la venta o la constitución de una copropiedad temporal son las opciones más frecuentes.

La liquidación se tramita ante árbitro partidor o tribunal, en proceso separado al divorcio, coordinado desde el inicio del proceso principal.

Violencia intrafamiliar

La Ley N°20.066 protege a quienes sufren maltrato físico, psicológico, sexual o económico dentro del núcleo familiar, independientemente de si existe matrimonio, AUC o convivencia libre. Los Juzgados de Familia de Santiago pueden decretar medidas cautelares urgentes el mismo día: prohibición de acercamiento, salida del hogar del agresor, restricción de contacto con la víctima y los hijos.

Las denuncias pueden realizarse en Carabineros, PDI o directamente ante el tribunal. Nuestro equipo gestiona la solicitud de medidas de protección con la urgencia que cada situación requiere.

Filiación y adopción

La filiación determina el vínculo jurídico entre padre o madre e hijo. En Ñuñoa, donde es frecuente encontrar hijos nacidos fuera del matrimonio, la filiación no matrimonial es una materia recurrente. Puede establecerse por reconocimiento voluntario ante el Registro Civil o judicialmente mediante acción de reclamación o impugnación de paternidad. El examen de ADN es el medio probatorio principal en ausencia de reconocimiento voluntario. Una vez determinada la filiación, el hijo adquiere todos sus derechos: alimentos desde la demanda, herencia y relación con ambos progenitores.

La adopción puede ser nacional o internacional. Acompañamos a las familias en cada etapa ante los Juzgados de Familia de Santiago y coordinamos con el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez cuando corresponde.

Acuerdo de Unión Civil

El Acuerdo de Unión Civil (AUC), regulado por la Ley N°20.830, es especialmente frecuente en Ñuñoa, donde muchas parejas optan por esta figura en lugar del matrimonio. El AUC otorga derechos hereditarios recíprocos, acceso a los beneficios de salud del conviviente, régimen de bienes y derecho a compensación económica al término de la relación.

El AUC puede terminar por mutuo acuerdo ante notario, por voluntad unilateral notificada al otro conviviente, por matrimonio entre los convivientes o por fallecimiento. El término unilateral puede tener consecuencias patrimoniales importantes si no se gestiona correctamente, especialmente en lo que respecta a la compensación económica y la liquidación del régimen de bienes. Asesoramos tanto en la constitución como en el término del AUC.

Mediación familiar

La mediación previa es obligatoria en alimentos, cuidado personal y régimen de visitas conforme a la Ley N°19.968. Se realiza ante un mediador acreditado por el Ministerio de Justicia. Solo si fracasa o el requerido no comparece puede presentarse la demanda ante el tribunal. La excepción aplica en casos de violencia intrafamiliar.

En separaciones recientes donde existe disposición de diálogo, la mediación puede permitir llegar a acuerdos más rápidos y menos desgastantes que el juicio. Preparamos a cada cliente con la misma rigurosidad que para una audiencia judicial: conocer los derechos propios y los límites de lo razonable es la base de un acuerdo justo y sostenible.

Cómo trabajamos con clientes de Ñuñoa

Nuestras oficinas están en el World Trade Center Santiago, Torre Norte, Oficina 2102, Las Condes, de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 y sábados de 09:00 a 13:00. También coordinamos por teléfono y videollamada para quienes lo prefieran.

Cada cliente cuenta con un abogado referente asignado desde el inicio, con comunicación directa. Todos los escritos y actuaciones ante los Juzgados de Familia de Santiago los gestiona íntegramente nuestro equipo. La presencia personal del cliente en el tribunal se requiere únicamente para las audiencias que la ley establece como indelegables.

Procedimiento paso a paso

Etapa Qué ocurre Modalidad Plazo estimado
1. Consulta inicialEvaluación del caso y estrategiaPresencial en Las Condes o por teléfono1 reunión
2. Mediación previaAnte mediador acreditado en SantiagoPresencial en SantiagoVariable según proceso
3. Presentación de demandaAnte los Juzgados de Familia de SantiagoLo gestiona el abogado2–4 semanas
4. Audiencia preparatoriaMedidas cautelares y acuerdos parcialesPresencial en tribunal30–60 días desde demanda
5. Audiencia de juicioPrueba, alegatos y sentenciaPresencial en tribunal60–120 días desde preparatoria
6. Sentencia e inscripciónInscripción en Registro CivilLo gestiona el abogado2–4 semanas

Los plazos son referenciales. En divorcios de mutuo acuerdo sin controversia el proceso puede ser significativamente más breve.

Preguntas frecuentes

¿En qué tribunal se tramitan los juicios de familia en Ñuñoa?

En los Juzgados de Familia de Santiago, Huérfanos N°1414. Tienen competencia sobre todas las comunas de la Provincia de Santiago, incluida Ñuñoa.

¿Qué derechos tengo si termino una convivencia sin matrimonio ni AUC?

Sin vínculo formal, no hay derechos patrimoniales automáticos entre los convivientes. Cada uno conserva lo que está a su nombre. Sin embargo, si hay hijos en común, existen alimentos, cuidado personal y régimen de visitas. Si compraron bienes juntos, pueden existir derechos como comuneros que deben liquidarse.

¿Qué diferencia hay entre el AUC y el matrimonio?

El AUC otorga derechos hereditarios, acceso a beneficios de salud del conviviente, régimen de bienes y compensación económica al término. No genera parentesco entre los convivientes ni entre uno de ellos y los hijos del otro. El matrimonio genera efectos adicionales sobre los hijos comunes y el régimen patrimonial.

¿Cómo se fija la pensión para hijos pequeños?

El tribunal considera las necesidades reales del niño según su edad: sala cuna o jardín infantil, salud, ropa y gastos de vida. La pensión puede ajustarse a medida que cambian las necesidades del niño.

¿Cómo se divide un departamento comprado con crédito hipotecario durante el matrimonio?

Integra el haber social y debe liquidarse. Las opciones son adjudicarlo a uno de los cónyuges (quien asume el crédito), venderlo y dividir el producto neto, o mantenerlo temporalmente en copropiedad. El valor de mercado actual, el saldo hipotecario y los aportes de cada cónyuge son los factores determinantes.

¿Qué es la compensación económica y cuándo se pierde?

Repara el menoscabo del cónyuge o conviviente civil que sacrificó su carrera por el hogar. Debe solicitarse dentro del proceso de divorcio o separación. Si la sentencia queda firme sin pedirla, el derecho se extingue definitivamente.

¿Qué medidas urgentes existen en violencia intrafamiliar?

El tribunal puede decretar el mismo día prohibición de acercamiento, salida del hogar del agresor y restricción de contacto. La protección aplica también en convivencias sin matrimonio ni AUC.

¿Cómo funciona la filiación no matrimonial?

Se determina por reconocimiento voluntario o judicialmente. El hijo adquiere todos sus derechos desde la determinación: alimentos desde la demanda, herencia y relación con ambos progenitores.

¿Es obligatoria la mediación antes del juicio?

Sí. En alimentos, cuidado personal y visitas la mediación es obligatoria. Solo si fracasa puede presentarse la demanda ante el tribunal.

¿Qué pasa si el alimentante no paga?

Procede retención de remuneraciones, arresto nocturno e inscripción en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos con consecuencias en el acceso a crédito del deudor.

¿Cuánto demora un divorcio de mutuo acuerdo en Santiago?

Entre 2 y 5 meses en promedio ante los Juzgados de Familia de Santiago, según la agenda del tribunal y la complejidad del acuerdo regulador.

Lo que dicen nuestros clientes

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Schneider Abogados es un estudio jurídico con más de 15 años de trayectoria en derecho de familia en Chile. Nuestro equipo está integrado por abogados egresados de la Pontificia Universidad Católica de Chile y la Universidad de Chile, inscritos en el Colegio de Abogados de Chile. Atendemos todas las materias del derecho de familia ante los Juzgados de Familia de Santiago, con experiencia en primeras separaciones, AUC y convivencia sin vínculo formal. Oficinas en World Trade Center Santiago, Torre Norte, Las Condes.

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Equipo de Derecho de Familia — Schneider Abogados

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Última actualización: 6 de marzo de 2026.

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