Más de 15 años de trayectoria · WTC Las Condes · Bajo secreto profesional · Primer contacto confidencial
Nuestra política: claridad antes que todo
En Schneider Abogados los honorarios se acuerdan por escrito y antes de iniciar cualquier gestión. Usted sabrá exactamente qué incluye el servicio, cómo se estructura el pago y qué gastos externos pueden existir, sin letra chica ni sorpresas durante el proceso.
Cada asunto legal es distinto, por lo que no publicamos tarifas únicas: un divorcio de mutuo acuerdo con acta de cese ya firmada no requiere el mismo trabajo que una partición de herencia con bienes en tres regiones. Lo que sí es invariable es el método con que determinamos cada honorario.
Los criterios que determinan el honorario
- Complejidad jurídica del asunto —la cantidad de materias involucradas y la dificultad técnica de la estrategia—.
- Etapa en que se encuentra —no es lo mismo prevenir que litigar; ni iniciar una causa que asumirla ya avanzada—.
- Cuantía e intereses comprometidos —el valor patrimonial o familiar de lo que está en juego—.
- Carga de trabajo proyectada —audiencias, escritos, gestiones ante notarías, Conservador u organismos públicos—.
- Urgencia —plazos legales próximos a vencer o medidas que deben solicitarse de inmediato—.
Tras el primer contacto —con total confidencialidad— recibirá una propuesta de honorarios por escrito, con el detalle del servicio incluido.
Facilidades de pago
- Pago en cuotas: la mayoría de nuestros servicios puede pagarse en cuotas pactadas en el mismo acuerdo de honorarios.
- Medios de pago: transferencia bancaria, tarjetas a través de nuestro portal de pago en línea, y los medios que se indiquen en su propuesta.
- Documento tributario: por cada pago se emite la boleta o factura correspondiente.
Honorarios y gastos no son lo mismo
Los honorarios remuneran el trabajo profesional del estudio. Los gastos del trámite —derechos notariales, inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, aranceles del Archivo Judicial, honorarios de receptores judiciales o peritos— son externos, se informan anticipadamente y se rinden con respaldo. Esta separación queda expresada en su acuerdo.
Cómo es el proceso
- Primer contacto confidencial — nos cuenta su situación por teléfono, formulario o presencialmente.
- Evaluación — el área correspondiente revisa antecedentes y define la vía adecuada.
- Propuesta escrita — alcance del servicio, honorario, modalidad de pago y gastos estimados.
- Acuerdo firmado — solo con su aprobación formal se inicia el trabajo.
- Información permanente — durante todo el encargo conocerá el estado de su causa.
Preguntas frecuentes sobre honorarios
¿Cuánto cuesta una primera reunión con un abogado?
El primer contacto con el estudio es con total confidencialidad. Si su situación requiere una asesoría formal con un abogado especialista, se le informará previamente y con claridad cualquier condición aplicable, antes de agendar.
¿Puedo pagar en cuotas?
Sí. La modalidad de cuotas se pacta en el acuerdo de honorarios según el servicio. Es la forma más habitual en que nuestros clientes pagan procesos de familia, civiles y penales.
¿El honorario puede cambiar durante el proceso?
El honorario pactado cubre el alcance descrito en el acuerdo. Si el asunto cambia sustancialmente —por ejemplo, la contraparte presenta una demanda nueva—, cualquier ajuste se conversa y acuerda por escrito antes de continuar.
¿Qué pasa si el tribunal condena en costas a la otra parte?
Las costas que un tribunal ordene pagar a la contraparte se rigen por las reglas legales y lo pactado en su acuerdo; se lo explicaremos para su caso concreto en la propuesta.
¿Emiten boleta o factura?
Siempre. Cada pago queda documentado tributariamente a su nombre o al de su empresa.
Conozca el valor de resolver bien su asunto: primer contacto confidencial al +56 2 3267 1946 o mediante el formulario de contacto.
Base normativa de esta política
Los honorarios profesionales de abogados en Chile se rigen por la libre determinación entre abogado y cliente (artículo 2117 del Código Civil) y por las reglas de ética profesional sobre información clara y pacto previo. La condena en costas se regula en los artículos 138 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.