Justificación de Inversiones
Marco del art. 70 y 71 LIR
El art. 70 LIR establece una presunción de derecho: cuando los gastos, desembolsos e inversiones de un contribuyente exceden la renta declarada, el SII puede presumir que dispone de otra renta no declarada, aplicando el tributo correspondiente. El art. 71 LIR fija los medios de prueba con que el contribuyente puede acreditar el origen lícito.
Qué activa la presunción
Compra de inmueble; adquisición de vehículos o activos relevantes; aporte a sociedad; inversión en instrumentos financieros; transferencias internacionales; aumento de capital social; cancelación anticipada de créditos por monto significativo. Cualquier desembolso desproporcionado a la renta declarada puede activar la fiscalización.
Medios de prueba admitidos
El art. 71 LIR admite acreditar el origen mediante: documentación bancaria; declaraciones de renta de años anteriores; escritura de venta de bienes previos; certificados de herencia o donación; contratos de mutuo notariales; estados de cuenta de inversiones; libros y registros contables. La prueba debe ser fehaciente, es decir, documentada y trazable.
Origen lícito: tipos
Ingresos por trabajo dependiente o independiente debidamente declarados; utilidades de empresas con tributación cumplida; venta de bienes previos con respaldo notarial y bancario; herencia con posesión efectiva y pago del Impuesto a las Herencias; donación con insinuación judicial y pago de impuesto; créditos formales con escritura y respaldo bancario; rentas exentas o no afectas (DFL 2, mayor valor de acciones bajo art. 17 N° 8); rentas extranjeras debidamente declaradas en Chile.
Expediente probatorio
El expediente debe contener: línea de tiempo de los ingresos y los desembolsos; cartola bancaria con flujo coincidente; documentación notarial de las operaciones; declaraciones de renta de los últimos años; certificados emitidos por terceros (notarios, bancos, AFP); en herencias y donaciones, copia de inscripción y de pago del impuesto correspondiente.
Defensa frente a citación
Si llega citación del SII por inversión no justificada, los pasos Schneider son: (1) revisar el período fiscalizado y la operación específica; (2) reunir documentación bancaria, contractual y declaraciones de renta; (3) responder en plazo con presentación ordenada y trazabilidad cronológica; (4) ofrecer pruebas complementarias si es necesario; (5) preparar para eventual liquidación y reclamo TTA.
Riesgos y multas
Si el contribuyente no acredita el origen, el SII liquida tributando la diferencia como Impuesto Global Complementario o Impuesto Único de Primera Categoría según corresponda. Adiciona intereses y multas. En casos calificados, puede activarse persecución penal por delito tributario (art. 97 N° 4 Código Tributario) si hay simulación maliciosa.
Preguntas frecuentes
¿Sirven los préstamos familiares?
Sí, si tienen contrato escrito (preferentemente notarial), transferencia bancaria documentada y devolución con misma trazabilidad. El "préstamo" en efectivo sin respaldo es desestimado.
¿Cómo justifico fondos antiguos?
Con declaraciones de renta históricas, libros, contabilidad, cartolas bancarias y, si es necesario, peritaje contable que reconstruya el flujo. La carga probatoria es del contribuyente.