Planificación tributaria internacional

Qué es la planificación tributaria internacional

Es el diseño anticipado de la estructura jurídica, contractual y operacional de un grupo o patrimonio multinacional, con el objetivo de optimizar legítimamente la carga tributaria global. No se confunde con elusión ni evasión: una buena planificación se apoya en operación económica real y en derechos reconocidos por la ley y los convenios.

Tres principios Schneider

(1) Sustancia económica antes que la forma jurídica; (2) elección de jurisdicciones con tratado vigente con Chile, no con baja o nula tributación; (3) trazabilidad documental construida al mismo tiempo que la operación, no en respuesta a fiscalización.

Estructuras frecuentes en Chile

Holding chileno (SpA o S.A.) para inversiones outbound; sucursal o filial chilena para inversión inbound; régimen tax sparing en convenios específicos; vehículo de inversión para fondos extranjeros; estructuras para empresas familiares con activos en varios países; planificación sucesoria internacional con coordinación de leyes hereditarias.

Holdings: chileno o extranjero

El holding chileno aprovecha la red de convenios chilenos para distribuir inversiones a Latinoamérica. El holding extranjero, en jurisdicciones con tratado, puede ser apropiado en casos puntuales. La decisión depende del flujo de ingresos, la naturaleza de los activos, la composición accionaria y los regímenes CFC aplicables.

Impacto BEPS y norma antielusiva

El plan BEPS de OCDE/G20 trajo cláusulas de propósito principal (PPT), limitación de beneficios (LOB), reglas anti-híbridos, CFC e intercambio automático de información (CRS). Chile adhirió y modernizó su normativa. La planificación que ignore BEPS se desploma en la primera fiscalización.

Sustancia económica: pilares

Sustancia significa oficinas reales, personal calificado, decisiones tomadas en la jurisdicción, contabilidad local, contratos firmados con presencia. La sustancia es lo único que sobrevive un análisis de propósito principal. Sin sustancia, el beneficio del convenio se pierde.

Cumplimiento documental

El diseño debe acompañarse de: estudios de precios de transferencia anuales; declaraciones juradas 1929, 1853, 1907 y 1913; libros y contabilidad coordinados; documentación de decisiones del directorio; políticas intra-grupo firmadas. La planificación sin documentación es papel mojado.

Preguntas frecuentes

¿Una sociedad en paraíso fiscal sirve todavía?

Como regla, no. Los regímenes CFC y la norma antielusiva la atraviesan. Solo opera con sustancia real y razón de negocios genuina.

¿Cuándo conviene reorganizar el holding?

Cuando hay cambio de jurisdicciones de inversión, ingreso de nuevos accionistas extranjeros, planificación sucesoria internacional, o entrada en vigor de un nuevo convenio relevante.

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