Suele considerarse como joint venture a cualquier tipo de acuerdo de asociación o de colaboración entre empresas cuya finalidad sea la cooperación permanente entre organizaciones desde una perspectiva técnica, productiva, financiera y/o, comercial; la cual puede materializarse por la constitución de una nueva organización o a través de un contrato privado de colaboración entre las partes. 

Por su parte, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) señala que el Joint Venture consiste en una asociación entre dos o más empresas con objeto de realizar en común una determinada actividad a través de una nueva entidad creada y controlada por los participantes.
 

En Schneider Abogados contamos con un equipo letrado especialista en redacción, revisión y negociación de los Joint Venture que se requieran de acuerdo a los intereses de los participantes. Los honorarios de Schneider Abogados para la redacción, revisión y negociación de instrumentos son variables y se avalúan en atención al número de horas que se requieren para otorgar al cliente un instrumento perfeccionado.

El contrato publicitario es aquel en que un anunciante encarga a un contratista la realización de ciertos actos de publicidad, esto es, actos que tienen por objetivo promover la contratación de productos y servicios del anunciante a través de los medios de comunicación social frente a un colectivo de destinatarios. 

Debemos comprender por publicidad a la comunicación que el proveedor dirige al público por cualquier medio idóneo al efecto, para informarlo y motivarlo a adquirir o contratar un bien o servicio, entendiéndose incorporadas al contrato las condiciones objetivas contenidas en la publicidad hasta el momento de celebrar el contrato. 

En cuanto a las partes intervinientes en la creación de la publicidad encontramos al “anunciante”, que es la persona natural o jurídica en cuyo interés se realizan los actos de publicidad; Agente de publicidad, consistente en la persona natural o jurídica que se dedica profesionalmente a la creación, preparación, programación y/o ejecución de los actos de publicidad por cuenta de un anunciante; Medio de publicidad”, que es la persona natural o jurídica titular del medio de comunicación social a través del cual se transmiten los actos de publicidad; y al Creador de publicidad, consistente en el individuo que crea los actos de publicidad, pudiendo aquel coincidir con el agente de publicidad.

 

En Schneider Abogados contamos con un equipo letrado especialista en redacción, revisión y negociación de los Contratos de Publicidad que se requieren de acuerdo a los intereses de los participantes. Los honorarios de Schneider Abogados para la redacción, revisión y negociación de instrumentos son variables y se avalúan en atención al número de horas que se requieren para otorgar al cliente un instrumento perfeccionado.

Muchas veces las empresas necesitan trabajar en conjunto, pero sin buscar el desarrollo de una sociedad. Es en razón de ello que existen múltiples formas asociativas que sin implicar la creación de una sociedad genera el desarrollo de trabajo conjunto, tales como lo son el Joint Venture, Asociaciones de Empresas, y Consorcios, entre otros. 

Las asociaciones implican una organización estable con personalidad jurídica sin fines de lucro, que buscan la consecución de bienes generales para la industria. Por regla general surgen como forma de contrarrestar el poder del Estado para la imposición de normas que afecten directamente a la industria. En Chile se encuentran reguladas por el Decreto Ley Nº 2757, en cuya virtud se establece que son asociaciones gremiales aquellas constituidas en conformidad a la ley, que reúnen personas naturales, jurídicas o ambas, con el objeto de promover la racionalización, desarrollo y protección de las actividades que les son comunes, en razón de su profesión, oficio o rama de la producción o de los servicios, y de las conexas a dichas actividades comunes. 

Los consorcios por su parte, involucra formas de agrupación en las que varias empresas convienen en actuar en forma conjunta para la obtención de un fin económico, para realizar un proyecto común o un propósito determinado, diferenciándose de cada miembro del consorcio por separado, según un plan común en el que cada empresa miembro conserva su personalidad jurídica y participa en la actividad y en los gastos del consorcio mediante aportaciones personales.

 

En Schneider Abogados contamos con un equipo letrado especialista en redacción, revisión y negociación de los Contratos de Colaboración Empresarial que se requieren de acuerdo a los intereses de los participantes. Los honorarios de Schneider Abogados para la redacción, revisión y negociación de instrumentos son variables y se avalúan en atención al número de horas que se requieren para otorgar al cliente un instrumento perfeccionado.

En el momento en que un empresario decide ampliar su radio comercial hacia el exterior, una de las principales dudas que se deben resolver es la forma jurídica mediante la cual se implementará esta estrategia. Al verse enfrentado a nuevos territorios deberá resolver una serie de temáticas tales como: la ausencia de contacto con los clientes potenciales, el desconocimiento de las normas legales locales y las preferencias de los consumidores, todos estos problemas podrían complicar la toma de decisiones de la apertura de un nuevo mercado. 

Los beneficios de la Agencia Comercial se verifican por el hecho de contar con un representante en la zona de negocios que permitan usar su red local y el conocimiento sobre los asuntos legales y requisitos para operar, teniendo la posibilidad de multiplicar las posibilidades de negocios en el nuevo territorio y reducir los costos iniciales de conocer un mercado nuevo. 

Las estructuras jurídicas que podrían servir para este propósito son por una parte el contrato de agencia, y, por otra, el contrato de distribución. 

¿Qué es un contrato de Agencia Comercial?

El Contrato de Agencia Comercial es aquel en virtud del cual una parte, que generalmente es denominada comitente, encarga a la otra, llamada agente, la promoción de negocios por su cuenta y orden. 

El contrato de agencia de acuerdo a la doctrina comercial correspondería a una clase de comisión, específicamente orientada a la promoción de negocios en el exterior. En el caso de la normativa chilena, corresponde a las normas del Contrato de Comisión una aplicación supletoria a las del Contrato de Agencia, y en segundo lugar, las del Mandato Mercantil, por corresponder la promoción de negocios a un acto esencialmente de intermediación comercial.

 

En Schneider Abogados contamos con un equipo letrado especialista en redacción, revisión y negociación de los Contratos de Agencia Comercial, que se requieren de acuerdo a sus intereses. Los honorarios de Schneider Abogados para la redacción, revisión y negociación de instrumentos son variables y se avalúan en atención al número de horas que se requieren para otorgar al cliente un instrumento perfeccionado.

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