Divorcios

Divorcios en Chile

El divorcio pone fin al matrimonio y deja a cada persona libre para rehacer su vida. En Chile hay tres caminos —de común acuerdo, unilateral y por culpa— y cada uno tiene sus plazos y requisitos. Aquí encontrará el panorama completo y la puerta a la página de su caso. Le acompañamos en todo el proceso, con primer contacto confidencial.

Persona en oficina de abogados del WTC Las Condes recibiendo orientación sobre su divorcio de un asesor con corbata
En Schneider acompañamos los tres tipos de divorcio ante los Tribunales de Familia, con un primer contacto confidencial.

En resumen

En 30 segundos: El divorcio disuelve el matrimonio y lo habilita para volver a casarse. En Chile rige la Ley de Matrimonio Civil (Ley 19.947) desde 2004. Hay tres vías: de común acuerdo (cese de convivencia mayor a un año + un acuerdo que regule hijos, bienes y compensaciones), unilateral (cese de al menos tres años, aunque el otro se oponga) y por culpa (por una falta grave imputable al otro). Junto al divorcio suelen resolverse la compensación económica, la pensión de alimentos y el cuidado de los hijos. Elegir bien la vía y preparar la prueba es lo que hace que el proceso avance rápido y en buenas condiciones.

¿No sabe por dónde empezar su divorcio? Conversémoslo antes de dar cualquier paso. Llámenos al +56 2 3267 1946 o complete el formulario al pie. Primer contacto confidencial · confidencialidad bajo secreto profesional.

¿Cuál de estas situaciones describe la suya?

Cada tarjeta lleva a una página escrita con claridad para quien no es abogado: qué hacer, qué esperar y cómo le acompañamos. Esta página le da la visión completa; cada una profundiza en su caso.

01 · común acuerdo

Divorcio de común acuerdo

Ambos quieren divorciarse: más de un año de cese de convivencia y un acuerdo que regule hijos, alimentos y bienes. La vía más rápida.

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02 · unilateral

Divorcio unilateral

Lo pide uno solo, aunque el otro se oponga: exige tres años de cese efectivo de la convivencia y cómo acreditarlos.

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03 · por culpa

Divorcio culposo o por culpa

Cuando hubo una falta grave del otro cónyuge (violencia, abandono, infidelidad): las causales del artículo 54 y la prueba que se necesita.

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04 · cese de convivencia

Cese de convivencia

La fecha que abre la puerta al divorcio: cómo dejarla con fecha cierta para empezar a contar el plazo de uno o tres años.

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05 · compensación

Compensación económica

El resarcimiento para el cónyuge que se dedicó al hogar o a los hijos y no pudo desarrollarse laboralmente: cuándo procede y cómo se calcula.

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06 · nulidad

Nulidad matrimonial

No es lo mismo que el divorcio: deja sin efecto el matrimonio como si nunca hubiera existido, por un vicio en su celebración.

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07 · acuerdo regulador

Acuerdo completo y suficiente

El documento que el divorcio de común acuerdo exige: cómo regular alimentos, cuidado personal, relación directa y bienes para que el juez lo apruebe.

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08 · separación judicial

Separación judicial

Una alternativa al divorcio: suspende los deberes del matrimonio sin disolver el vínculo, para quienes aún no quieren divorciarse.

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09 · requisitos

Requisitos para divorciarse

Qué exige cada vía: matrimonio inscrito, tiempo de cese de convivencia, acuerdo o causal, y los documentos que conviene reunir.

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10 · plazos

¿Cuánto demora un divorcio?

De común acuerdo, pocos meses; contencioso, uno o dos años. Las etapas del proceso y qué se puede hacer para no perder tiempo.

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11 · honorarios

¿Cuánto cuesta un divorcio?

De qué depende el precio, qué otros gastos existen y por qué el tribunal de familia no cobra tasa. Presupuesto a la medida del caso.

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En Schneider Abogados hemos acompañado durante más de quince años a personas que enfrentan el fin de su matrimonio ante los Tribunales de Familia de Santiago y de todo Chile. Tramitamos los tres tipos de divorcio y las materias que casi siempre los acompañan: la compensación económica, la pensión de alimentos, el cuidado personal de los hijos y la liquidación de los bienes. Ese enfoque integral evita que un acuerdo apresurado en una materia le cueste caro en otra.

La forma en que se inicia un divorcio define cómo termina. Demandar por la vía equivocada, firmar un acuerdo regulador incompleto o no acreditar bien el cese de convivencia puede alargar el proceso meses o dejar mal resueltos los alimentos, los bienes o la relación con los hijos. Por eso conviene definir la estrategia antes de presentar la demanda.

Cada persona llega a esta página con una historia distinta. Si prefiere que un abogado escuche la suya antes de seguir leyendo, conversemos hoy mismo: atendemos en horario hábil, con respuesta el mismo día.

1. Qué es el divorcio en Chile

En una línea: El divorcio disuelve un matrimonio válido y deja a cada persona libre para volver a casarse; lo decreta un Tribunal de Familia conforme a la Ley 19.947.

El divorcio es la forma en que la ley pone término a un matrimonio que existió válidamente. A diferencia de la separación —que solo suspende algunos deberes— el divorcio disuelve el vínculo: cambia el estado civil a "divorciado" y habilita a cada uno para casarse de nuevo. En Chile lo regula la Ley 19.947, de Matrimonio Civil, vigente desde el 18 de noviembre de 2004, y siempre lo decreta un juez de familia mediante sentencia.

Conviene tener claro desde el inicio que el divorcio no es un solo trámite uniforme: la ley ofrece tres caminos distintos, y la materia patrimonial y de los hijos suele resolverse en paralelo. Elegir la vía correcta es la primera decisión —y la más importante— del proceso.

Lo siguiente que conviene revisar: cuáles son esos tres caminos y en qué se diferencian.

2. Los tres tipos de divorcio

En una línea: De común acuerdo (ambos, cese mayor a un año), unilateral (uno, cese de tres años) y por culpa (por una falta grave del otro cónyuge).
Los tres tipos de divorcio en Chile (Ley 19.947)
Tipo Quién lo pide Requisito principal
De común acuerdoAmbos cónyugesCese de convivencia mayor a un año + acuerdo completo y suficiente
UnilateralUno de los cónyugesCese efectivo de la convivencia de al menos tres años
Por culpaEl cónyuge afectadoUna falta grave imputable al otro (causales del art. 54)

En el divorcio de común acuerdo ambos piden el divorcio juntos: deben acreditar un cese de convivencia mayor a un año y acompañar un acuerdo que regule sus relaciones y las de los hijos. Es la vía más rápida y menos conflictiva.

En el divorcio unilateral basta la voluntad de uno, aunque el otro se oponga, pero la ley exige un cese de convivencia más prolongado: al menos tres años.

El divorcio por culpa no se basa en el tiempo de separación, sino en una falta grave del otro cónyuge —violencia, abandono, infidelidad y otras causales del artículo 54— que haga intolerable la vida en común. Requiere prueba sólida.

Lo siguiente que conviene revisar: el requisito que comparten las dos primeras vías, el cese de convivencia.

Abogado de Schneider en oficina del WTC Las Condes explicando a un cliente las tres vías de divorcio en Chile
La vía de divorcio adecuada depende de si hay acuerdo, del tiempo de cese y de si existió una falta grave.

3. El requisito común: el cese de convivencia

En una línea: Es la fecha desde la cual dejaron de vivir como matrimonio; con fecha cierta empiezan a correr los plazos de uno o tres años.

Tanto el divorcio de común acuerdo como el unilateral se construyen sobre el cese de convivencia: la fecha en que los cónyuges dejaron de hacer vida en común. La ley señala instrumentos que le dan fecha cierta —un acta ante el Registro Civil, una escritura pública o un acta ante notario, o la notificación de la demanda—, pero esos instrumentos no son la única vía. En los juicios de familia rige el principio de libertad de prueba, de modo que el cese puede acreditarse por cualquier medio, y la Corte Suprema lo ha confirmado tanto para los matrimonios celebrados antes como después de la entrada en vigencia de la ley, en 2004. El límite es que el tribunal puede no dar por acreditado el cese si la prueba —por ejemplo, la sola declaración de testigos— no le forma plena convicción.

De esa fecha depende cuándo empieza a correr el plazo de uno o tres años, así que conviene reunir un buen respaldo desde el inicio.

El divorcio por culpa es la excepción: como se funda en una falta grave y no en el tiempo, no exige acreditar un plazo de cese. Por eso, cuando los hechos lo permiten, puede ser un camino más breve, aunque más exigente en materia de prueba.

Lo siguiente que conviene revisar: el documento que el divorcio de común acuerdo exige, el acuerdo completo y suficiente.

4. El acuerdo completo y suficiente

En una línea: El documento que regula alimentos, cuidado de los hijos, relación directa y bienes; sin él, el juez no aprueba el divorcio de común acuerdo.

El divorcio de común acuerdo exige acompañar un acuerdo completo y suficiente. "Completo" significa que regula todas las materias: respecto de los hijos —alimentos, cuidado personal y relación directa y regular (las visitas)— y entre los cónyuges —alimentos, situación de los bienes y, si corresponde, la compensación económica—. "Suficiente" quiere decir que resguarda el interés de los hijos y no deja en desventaja al cónyuge más débil. Si el acuerdo no cumple esas dos condiciones, el juez puede rechazarlo y el divorcio no avanza.

Punto clave Schneider

El acuerdo se firma una sola vez y rige por años. Un acuerdo redactado con prisa para "cerrar el tema" suele costar caro después en alimentos o en la relación con los hijos. Vale la pena revisarlo con un abogado antes de presentarlo.

Lo siguiente que conviene revisar: qué otras materias se resuelven junto al divorcio.

5. Efectos del divorcio: compensación, alimentos, hijos y bienes

En una línea: El divorcio no resuelve solo el vínculo; junto a él se definen la compensación económica, los alimentos de los hijos, su cuidado y la liquidación de los bienes.

Pocas veces el divorcio llega solo. Estas son las materias que suelen resolverse en paralelo:

Lo siguiente que conviene revisar: en qué se diferencia el divorcio de la nulidad y de la separación judicial.

6. Divorcio, nulidad y separación judicial

En una línea: El divorcio disuelve un matrimonio válido; la nulidad declara que nunca fue válido; la separación judicial suspende los deberes sin disolver el vínculo.

Son tres figuras distintas que a veces se confunden:

El divorcio pone fin a un matrimonio que sí fue válido. La nulidad matrimonial, en cambio, declara que el matrimonio no fue válido por un vicio en su celebración (por ejemplo, falta de un requisito legal): a diferencia del divorcio, no pone fin a algo válido, sino que lo deja sin efecto desde su origen, aunque la ley protege igualmente al cónyuge de buena fe y a los hijos. Y la separación judicial suspende algunos deberes del matrimonio —como vivir juntos— pero mantiene el vínculo, de modo que no habilita para volver a casarse. Cuál corresponde depende de su situación concreta.

Lo siguiente que conviene revisar: cómo es el procedimiento ante el tribunal.

7. El procedimiento ante el Tribunal de Familia

En una línea: Siempre ante el Tribunal de Familia y con abogado; el de común acuerdo es más breve, el unilateral y el culposo pasan por audiencias.

Todo divorcio se tramita ante el Tribunal de Familia y requiere patrocinio de abogado. En el divorcio de común acuerdo, los cónyuges presentan una solicitud conjunta con su acuerdo regulador y el proceso es más breve. En el unilateral y en el por culpa hay demanda, contestación y audiencias en las que se rinde la prueba.

Lo siguiente que conviene revisar: los errores que más retrasan o encarecen un divorcio.

Clienta de Schneider firmando documentos de divorcio asistida por su abogada antes de presentarlos al Tribunal de Familia
Todo divorcio se tramita ante el Tribunal de Familia y exige patrocinio de abogado.

8. Errores frecuentes

En una línea: Elegir mal la vía, firmar un acuerdo incompleto o no acreditar el cese son las causas más comunes de demoras y malos resultados.

Defina bien su divorcio desde el primer paso

Elegir la vía correcta, dejar el cese con fecha cierta y preparar un acuerdo sólido es lo que hace que un divorcio avance rápido y en buenas condiciones. En Schneider revisamos su caso, le decimos con franqueza qué camino le conviene y lo acompañamos hasta la sentencia, cuidando también los alimentos, los hijos y los bienes.

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9. Honorarios y cómo trabajamos

En una línea: El costo depende de la vía y de si hay hijos, compensación o bienes de por medio; lo acordamos por escrito antes de empezar.

No cuesta lo mismo un divorcio de común acuerdo sin hijos que uno unilateral con compensación económica y liquidación de bienes. Por eso preferimos no dar una cifra de catálogo: primero entendemos su situación y luego le proponemos un esquema claro, por escrito y firmado antes de iniciar cualquier gestión.

Compromiso Schneider · Divorcios

  • Primer contacto confidencial para evaluar su caso.
  • Confidencialidad bajo secreto profesional.
  • Acuerdo de honorarios escrito, firmado antes de iniciar.
  • Estrategia integral: divorcio, compensación, alimentos, hijos y bienes en un solo plan.

Lo siguiente que conviene revisar: las dudas que más nos plantean sobre el divorcio.

10. Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los tipos de divorcio en Chile?

Tres: de común acuerdo (ambos lo piden, con más de un año de cese de convivencia y un acuerdo regulador), unilateral (lo pide uno, con tres años de cese) y por culpa (por una falta grave del otro cónyuge, según el art. 54 de la Ley 19.947).

¿Cuánto tiempo separados necesito para divorciarme?

Más de un año de cese de convivencia para el divorcio de común acuerdo y al menos tres años para el unilateral. El divorcio por culpa no exige plazo de separación, porque se funda en una falta grave del otro cónyuge.

¿Cuánto demora un divorcio en Chile?

Depende de la vía. El de común acuerdo, bien preparado, es el más rápido; el unilateral y el por culpa toman más porque pasan por audiencias y prueba. Un acuerdo completo desde el inicio es lo que más acorta los tiempos.

¿Puedo divorciarme si mi cónyuge no quiere?

Sí. El divorcio unilateral permite divorciarse aunque el otro se oponga, siempre que se acredite un cese efectivo de la convivencia de al menos tres años.

¿Qué necesito para divorciarme?

Depende de la vía: en el común acuerdo, acreditar el cese y presentar un acuerdo completo y suficiente; en el unilateral, acreditar tres años de cese; en el por culpa, la prueba de la causal. En todos los casos se requiere abogado.

¿El divorcio reparte los bienes?

No directamente. Si estaban casados en sociedad conyugal, el divorcio le pone fin, pero repartir los bienes (la liquidación) es un trámite distinto que conviene resolver en el mismo proceso o enseguida. En separación de bienes no hay reparto; en participación en los gananciales se ajusta un crédito entre ambos.

¿Qué pasa con los hijos en el divorcio?

Se define con quién viven (cuidado personal), cómo se relacionan con el otro padre (relación directa y regular) y la pensión de alimentos. En el divorcio de común acuerdo todo eso va en el acuerdo regulador; si se discute, pasa por mediación previa obligatoria.

¿Puedo pedir compensación económica?

Sí, y conviene hacerlo en el mismo divorcio. La compensación económica resarce al cónyuge que se dedicó al hogar o a los hijos y no pudo desarrollarse laboralmente. Si no se solicita oportunamente, después puede ser tarde.

¿El divorcio es lo mismo que la nulidad?

No. El divorcio termina un matrimonio válido; la nulidad declara que el matrimonio nunca fue válido por un vicio en su celebración. Son procesos y efectos distintos.

¿Necesito abogado para divorciarme?

Sí. Todo divorcio se tramita ante el Tribunal de Familia con patrocinio de abogado, incluso el de común acuerdo.

¿Cuánto cuesta un divorcio?

Depende de la vía y de si hay hijos, compensación o bienes. Le proponemos un acuerdo de honorarios escrito y firmado antes de iniciar, sin sorpresas.

El primer paso, con estrategia

El divorcio cierra una etapa y abre otra. La forma en que se inicia —la vía elegida, el cese bien acreditado, un acuerdo sólido— define si será rápido y justo o largo y costoso. Dé ese primer paso acompañado: una conversación a tiempo le ahorra meses y malas decisiones.

Lo que dicen nuestros clientes

Reseñas reales publicadas en el perfil de Google de Schneider Abogados. Calificación global 4,8 / 5 sobre 145+ valoraciones.

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«Profesionales de alta calidad. Me guiaron y asesoraron de inicio a fin, sin duda un gran apoyo, los recomiendo.»
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«Gran equipo de abogados. Servicio totalmente recomendable.»
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Reseñas extraídas del perfil de Google de Schneider Abogados; se muestran solo las iniciales de cada autor. Cada caso es distinto y los resultados dependen de las circunstancias específicas.

11. Equipo legal revisor

Esta sección está orientada a profesionales del derecho, periodistas o lectores que deseen profundizar en la base normativa. Quien busca solo orientación práctica puede prescindir de esta lectura.

  • Ley 19.947, de Matrimonio Civil — artículo 54 (causales del divorcio por culpa), artículo 55 (divorcio por cese de convivencia: plazos de uno y tres años y cláusula de dureza), artículos 21 y 27 (acuerdo completo y suficiente) y artículos 61 a 66 (compensación económica).
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